El ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, aseguró ayer que en la Unión Europea el rechazo en frontera no es incompatible con defender los derechos humanos y recordó que para solicitar asilo no es necesario saltar una valla sino “ir a un centro fronterizo y pedirlo”.
Pregunta por las medidas
Así contestó ayer Zoido en el Senado a las senadoras del PSOE, Olivia Delgado, y Unidos Podemos, Miren Edurne Gorrochategui, que le habían preguntado por las medidas que piensa adoptar el Gobierno después de que el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo pusiera en entredicho las ‘devoluciones en caliente’, al condenar a España por dos casos en Melilla.
Zoido explicó que el Gobierno está estudiando la sentencia europea para “no tomar una decisión precipitada”, pero justificó el control en las fronteras para garantizar el derecho de asilo a los que “verdaderamente estén siendo perseguidos” y así poderles dar el reconocimiento a la protección internacional.
Diferentes situaciones
El ministro manifestó que no todos los que saltan la valla están en esta situación: “Si la intención al saltar el perímetro fuera sencillamente pedir el asilo, no hace falta que lo salten, pueden ir al puesto fronterizo a solicitarla”, enfatizó el responsable del Interior.
Las explicaciones dadas por Zoido no convencieron a las parlamentarias y Delgado aseguró que el Gobierno tiene que “modificar los protocolos de actuación para dar una respuesta acorde a los derechos humanos”, mientras que Gorrochategui apuntó que “al Ejecutivo se le va la mano con la proporcionalidad y con otros derechos”.
La senadora de Podemos recordó al ministro que no es la primera vez que el TDEH acusa a España de actuar contra la ilegalidad, como ya hizo con la denominada Doctrina Parot.
Gobierno solidario
El ministro insistió en que la prioridad de España es defender y garantizar todos los derechos fundamentales porque, según dijo, “somos un Gobierno solidario y consciente de todas las obligaciones contraídas”.
Hay que recordar que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España por la ‘devolución en caliente’ en 2014 a Marruecos de dos inmigrantes en la valla de Melilla sin ser identificados, lo que “supone una expulsión de carácter colectivo”, contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El fallo unánime del tribunal concluye que España también vulneró el derecho a un recurso efectivo.
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