Categorías: Tribunales y Justicia

Un juzgado de Instrucción sanciona a una menor por una riña en la Feria de 2013

La defensa pide la nulidad del juicio pues el caso debió derivarse al Juzgado de Menores. El juez lo deniega.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Melilla ha rechazado el recurso de nulidad presentado por la defensa de una menor de 13 años que fue condenada hace algunas semanas por una falta de lesiones y una falta de injurias. La defensa solicitó que se anulara el procedimiento, pues desde el principio, argumenta, el caso debió derivarse al Juzgado de Menores, pero el juez del número 3 lo ha rechazado.
Los hechos sucedieron durante la celebración de la Feria de Melilla de 2013, cuando la menor de edad se vio inmersa en una discusión con otra chica. A resultas de este enfrentamiento y tras la celebración del juicio, la adolescente ha sido condenada a 300 euros de sanción, que tendrá que abonar su madre como tutora legal.
La familia de la menor y la defensa aún no salen de su asombro, pues no entienden que un juez de Instrucción haya llevado adelante un procedimiento que desde un principio debió derivarse al Juzgado de Menores, como órgano competente, pues la chica tenía 12 años cuando se produjeron los hechos y la denuncia. Ahora tiene 13 años.

La resolución
El juez de Instrucción número 3 rechaza el recurso de nulidad presentado por la defensa, al considerar que no se dan los requisitos legales, recogidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial. El principal de ellos y motivo por el que deniega la petición de la defensa, es que la sentencia con la multa de 300 euros aún está dentro del plazo por el que se puede presentar un recurso de apelación ante la Sección 7º de la Audiencia.
Además, el titular destaca que el recurso de nulidad “ni siquiera debería haberse admitido a trámite”, pues esta figura jurídica tiene un carácter muy excepcional, pues, por regla general, las resoluciones judiciales pueden ser recurridas a una instancia superior. Únicamente el juez de Instrucción podría haber interrumpido el proceso antes de dictar la sentencia que condenó a la menor, pero dado que no es el caso, ahora será la Audiencia Provincial la que tenga que pronunciarse al respecto.

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