“El trabajo en beneficio a la comunidad es una alternativa a la pena de prisión corta”

  • El catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Granada (UGR) Lorenzo Morillas ofrece una charla en los cursos de verano sobre ‘El trabajo como pena’

“La pena de trabajo en beneficio a la comunidad es una alternativa para evitar el ingreso en prisión de una persona con una condena de seis meses, dos e incluso tres años”. Así lo aseguró ayer el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Granada (UGR), Lorenzo Morillas, que participó en el curso de verano ‘La relación laboral de la persona libre y privada de libertad: problemática actual’.

Morillas ofreció una conferencia sobre ‘El trabajo como pena’. Sin embargo, reflexionó sobre el propio título y aseveró que no era todo lo correcto posible porque “el trabajo dignifica a la persona”. Centró su exposición en la pena de trabajo en beneficio a la comunidad, que fue introducida en el Código Penal en 1995 y que se ha mejorado con reformas posteriores.

Este experto argumentó que en el 2003 se configuró un comité de expertos multidisciplinar, entre los que se encontraba, para realizar un nuevo texto sobre este asunto concreto.

Morilla resaltó que es un defensor de que la pena de trabajo en beneficio a la comunidad es una buena alternativa ante penas de corta duración para evitar el ingreso en prisión de un condenado.

Pero hay muchos matices alrededor de este tema. En este sentido, el catedrático de Derecho Penal subrayó que la persona que debe cumplir la pena debe dar su consentimiento para que se pueda sustituir por trabajos en beneficio a la comunidad. En caso contario, remarcó que se estaría hablando de “trabajos forzados” y, por lo tanto, se iría en contra de la Constitución Española.

Señaló que en la reforma de 2003 se recoge que los delitos de seguridad vial, de violencia de género o contra el patrimonio, siempre que la condena sea de corta duración, puede establecerse como alternativa el trabajo en beneficio de la comunidad.

Otra cuestión que hay que tener en cuenta, según este experto, es que esa labor que desarrolle el condenado “no puede entrar en conflicto con el mercado laboral”. Apuntó que de forma explícita lo recoge el Código Penal, pues además, ese ‘empleo’ no recibe retribución. Para facilitar estos trabajos en beneficio a la comunidad suele haber convenios entre Instituciones Penitenciarias y las comunidades autónomas.

El exministro

También intervino ayer en los cursos de verano el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz que ofreció una charla titulada: ‘Experiencias de un ministro en la regulación, prevención y persecución de las conductas ilícitas en el ámbito de las relaciones laborales”. Tras esta ponencia, el secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, realizó una lección final y dio por clausurados los cursos.

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