El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha rebajado la condena de 26 años y 3 meses de prisión a 19 años y 6 meses de cárcel para A.A. por matar a su ex novia en Melilla en 2016, al descartar la alevosía y considerar que se trató de un homicidio intencionado.
La Sala de lo Civil y Penal ha estimado parcialmente el recurso de apelación de la defensa y ha aplicado al homicidio intencionado los agravantes de parentesco y discriminación por razón de género.
Asimismo, el tribunal entiende que el condenado se aprovechó de las condiciones de lugar y tiempo que debilitaron las posibilidades de defensa a la víctima o facilitaron la impunidad, de tal forma que la pena por el delito más grave -asesinato- se reduce de los 25 años a los 18 años y 6 meses de cárcel.
A esta pena se añaden un año de prisión por delito continuado de quebrantamiento de condena y tres meses de multa a una cuota diaria de 4 euros por hurto.
El condenado y la mujer, K.P, mantuvieron en Oviedo una relación durante un año y medio, de la que nació un niño, que actualmente tiene 3 años, y tras la ruptura, el condenado mantuvo una posición de "dominio absoluto" sobre la vida de su ex pareja, con llamadas y mensajes destinados a controlar su vida y perturbarla, según la sentencia.
Ambos acordaron verse en Melilla, para trasladarse hasta Marruecos, país en el que residía A.A. tras su expulsión de España, con el pretexto de que la familia paterna conociera al menor antes de que la joven y su hijo se fueran a vivir a Ecuador, su país natal.
El 10 de julio de 2016, cuando los tres estaban en las Casetas Militares de la zona de La Hípica, en el Paseo Marítimo de Melilla, la pareja mantuvo una discusión y A.A. la agarró por el cuello y dejó su cuerpo sobre una jardinera, apoyado en la maleta que ella llevaba.
La Sala ha estimado la alegación del abogado defensor, que se remitía a la jurisprudencia del Supremo de 2017 donde precisa que para que haya alevosía no debe dejar posibilidad alguna de defensa a la víctima y, en este caso, el tribunal da mayor relevancia a la discusión previa entre la pareja.
La defensa mantenía que el entonces acusado sólo pretendía que su ex pareja "dejara de gritar" cuando la asió por el cuello y la empezó a apretar y luego abandonó el lugar, sin auxiliarla.
El fiscal y las acusaciones habían pedido, el pasado mes de noviembre, en la vista del recurso de apelación, la confirmación íntegra de la sentencia al entender que se cometió "un asesinato de libro".
El TSJA ha acordado la privación de la patria potestad de su hijo e impone al condenado la medida de libertad vigilada, a determinar en la propuesta que se realice en la fase de ejecución y al menos dos meses antes de la extinción de la pena de prisión.
El tribunal le prohíbe igualmente acercarse a la familia de la víctima y le impone una prohibición de residir fuera de Asturias e indemnizará a su hijo en 200.000 euros, a través de su representante legal, en 60.000 euros a cada uno de sus ex suegros y a su ex cuñado en 26.000 euros.
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