Tanto Mª Carmen Dueñas como Celia Sarompas afirman que debe primar el derecho a la Educación y, de hecho, a la joven madrileña se le dio la opción de estudiar en otro instituto.
Tras conocer la sentencia de un juzgado de Madrid que considera que la prohibición de llevar el velo islámico en los centros educativos no supone una vulneración de la dignidad y el derecho a la libertad religiosa de las alumnas, el PP de Melilla y el PSOE coincidieron ayer en que la sentencia se ajusta a la Ley. Concretamente a la L.O. 2/2006 en la que otorga la potestad a los centros educativos a establecer su propio reglamento interno y, por lo tanto, prohibir o no el uso de prendas que cubran la cabeza.
En base a este marco legal, la secretaria regional del PP de Melilla, Mª Carmen Dueñas, dijo que el veredicto del juzgado madrileño se ajusta a la Ley, punto de vista también compartido por la secretaria de Igualdad, Celia Sarompas, quien, no obstante, matizó que en este tipo de situaciones lo que debe primar es el derecho a la Educación de los alumnos.
El caso de Najwa Malha se remonta a la primavera de 2010 cuando le fue prohibido entrar en el instituto Camilo José Cela en Pozuelo de Alarcón (Madrid) con el velo islámico. Dueñas recordó que “lo único que, en su momento, hizo el instituto fue interpretar el Reglamento del centro conforme a derecho, por lo que no cabía hablar de volneración alguna en los derechos de ésta u otra alumna en circunstancias similares”.
En este sentido, Dueñas afirma que la sentencia refleja de manera “lógica” la autonomía de los centros educativos para regular este tipo de normas sobre la indumentaria de los alumnos. De hecho, el instituto Camilo José Cela, en su momento, aprobó ese reglamento en el Consejo Escolar que establecía que “en el interior del edificio no se permitirá el uso de gorras ni de ninguna otra prenda que cubra la cabeza”.
Por su parte, la dirigente socialista Celia Sarompas señaló la controversia que existe hoy día entre el derecho a la libertad religiosa y el derecho a la Educación, pero que, en este tipo de circunstancias, la socialista dice abogar por que prevalezca la segunda. “No se puede condenar a una alumna a quedarse en casa cuando tiene que estar en el colegio o en el instituto estudiando y formándose”, afirmó.
En este sentido, Dueñas señaló que el derecho a la Educación de la joven Najwa “estuvo garantizado”, ya que la Comunidad de Madrid le ofreció a la familia la posibilidad de que su hija estudiara en un centro escolar alternativo, donde el Reglamento del centro sí permitiera la utilización del hiyab”.
Libertad o imposición
Ambas dirigentes locales coincidieron en destacar que este tipo de circunstancias no se han dado en Melilla, con la salvedad de algún caso por el uso del burka, extremo que ambas rechazan y afirman que el uso del hiyab y el burka son dos cosas diferentes.
En este aspecto, Dueñas manifestó su “absoluto” respeto y aceptación hacia el uso del velo islámico o hiyab “si esta decisión viene de la libertad y la voluntad de la mujer que lo lleve”.
En los mismos términos se expresó Sarompas, quien no obstante, dijo no compartir el hecho en sí de que se prohíba el uso del velo islámico en los centros escolares. “Es un asunto delicado que, desde una perspectiva feminista y en mi opinión, no lo comparto”, dijo la socialista si bien matizó que hay mujeres que eligen libremente usar el hiyab como identidad religiosa.
Por último, Dueñas expresó su rechazo si la utilización del velo viene por una “imposición, como en el caso del burka o el niqab, que invisibilizan a la mujer, es discriminatoria y contraria a la dignidad y a la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres”.
Rechazo de la CIM
En el día de ayer, la Comisión Islámica de Melilla (CIM) expresó su rechazo a la sentencia dictada por el juez del Contencioso Administrativo 32 de Madrid, calificándola de “lamentable”. Su portavoz, Samir Mohamed Tieb, destacó que en Melilla no se dan este tipo de casos, ya que el uso del velo islámico está normalizado en la ciudad y, por ello, dijo no creer que este tipo de conflictos se den en Melilla.
Libertad religiosa y el derecho a la Educación
La joven Najwa Malha acudió al instituto, en la primavera de 2010, portando el velo islámico. El centro educativo aplicó su reglamento interno y prohibió a la joven entrar en clase con esta prenda. La polémica llegó a los tribunales, que la pasada semana dieron la razón al instituto Camilo José Cela en Pozuelo de Alarcón en Madrid, considerando a su vez que la prohibición del velo islámico no vulnera la dignidad de las alumnas ni a su derecho a la libertad religiosa.
La sentencia refiere que “no cabe hablar de vulneración del principio de dignidad de la persona por el mero hecho de prohibirle acudir a clase con la cabeza cubierta, sino que se trata de una norma de convivencia en cuanto a la indumentaria a utilizar por todos los alumnos”.
Además, la sentencia se escuda en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que dice que “la prohibición del velo islámico en el ámbito educativo no implica una vulneración del derecho a la libertad religiosa de los alumnos, siempre y cuando la prohibición esté prevista por la ley y sea necesaria en una sociedad democrática”.