Un joven denunció en junio del año pasado a un vecino suyo por haberle enviado mensajes de texto a su teléfono móvil en tono amenazante.
En el juicio declaró a la juez de lo Penal número 1 que los mensajes en sí no eran amenazas. “Se estaban cachondeando de mí”, aclaró. A preguntas de la fiscal, el denunciante aseguró que se trataba de una broma que ya fue aclarada con su vecino. Por tanto, negó temer por su integridad y no reclamó indemnización alguna. El abogado defensor solicitó la absolución de su cliente dado que el denunciante no había mantenido la versión de los hechos recogida en su denuncia. El acusado, en su derecho a la última palabra antes de concluir el juicio, aseguró que, tras salir recientemente del Centro Penitenciario sólo desea “tranquilidad” y ningún problema con la justicia.
En el mismo juzgado, otro joven de Melilla acusado de un delito de atentado y otro de daños llegó a un acuerdo con la Fiscalía por la que ésta cambió su acusación. Transformó el delito de daños en una falta, por la que solicitó una multa de 60 euros (10 días a razón de seis euros diarios) y otra sanción por una falta de respeto a la autoridad de 60 días a razón de seis euros diarios, esto es, 360 euros.
El acusado aceptó el acuerdo alcanzado por su abogado defensor y la fiscal y solicitó a la juez el pago aplazado de ambas sanciones. La juez de lo Penal 1 estableció dos plazos que el denunciado deberá abonar entre los días 1 y 5 de cada mes. La primera mensualidad este mes de junio.
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