Melilla cuenta actualmente con un total de 500 empleadas de hogar inscritas en el Régimen Especial de la Seguridad Social. Así lo ha afirmado Augusto Hoyo, director provincial de la Tesorería General (TGSS), quien ha señalado también que los empleadores que tengan contratada a una persona en este régimen deben actualizar sus retribuciones cada vez que se produzca cualquier modificación en este apartado.
En ese sentido, la TGSS recuerda que el salario de estas mujeres debe alcanzar, al menos, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento, incrementado con el prorrateo de pagas extraordinarias.
Con motivo de la subida del SMI para 2022, fijado en 1000 euros mensuales distribuidos en 14 pagas, los ciudadanos en general y los autorizados RED ya pueden comunicar a la TGSS a nueva retribución con efectos retroactivos al 1 de enero pasado.
Hoyo ha explicado que, en el caso de las personas que trabajan en empleo de hogar, este salario no puede ser inferior a 1.166,67 euros al mes en 12 pagas para los trabajadores a tiempo completo y de un mínimo de 7,82 euros brutos por hora efectivamente trabajada para quienes presten sus servicios a tiempo parcial.
Asimismo, dejó claro que si la retribución abonada es superior a esa cantidad, se deberá declarar la totalidad de las retribuciones abondas, incrementadas con el prorrateo de pagas extraordinarias. Esto se suma a la obligación de declarar el resto de retribuciones no monetarias, como alojamiento o manutención, por ejemplo, que constituyan el salario del empleado de hogar.
El director provicial también ha querido resaltar que con la entrada en funcionamiento del portal de la TGSS "Import@ss", las gestiones se pueden hacer "en cualquier momento y de manera muy sencilla desde cualquier ordenador o dispositivo móvil con conexión a internet".
"Se puede acceder directamente al servicio que te permite actualizar éste y otros datos sobre las condiciones laborales relacionadas con la persona que trabaja en el hogar en este enlace".
Aunque no existe una fecha límite para comunicar la variación de la retribución del empleado de hogar para su adecuación al nuevo SMI, la norma establece que el plazo reglamentario de ingreso de cuotas finaliza el último día del mes siguiente a aquel en que deba surtir efectos la variación.
En los casos en que dicha variación de retribución se comunique con posterioridad a esa fecha, procederá la emisión de recargo de cuerdo con lo establecido legalmente.
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