La consejería de Salud Pública ha prorrogado todas las medidas sanitarias del coronavirus, así como mantiene la exigencia del pasaporte covid para estar en el interior de la hostelería, visitar la residencia de mayores, centros de salud, centros penitenciarios, entre otros. Estas medidas, publicadas en el BOME y ratificadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se mantienen hasta el 15 de enero.
En el BOME publicado la noche de este viernes se prorroga "la totalidad de las medidas sanitarias de prevención de carácter obligatorio y coercitivo, así como de las disposiciones de vigilancia y control complementarias, adoptadas mediante el 22 de noviembre de 2021 de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal publicada en el BOME extraordinario de 19 de noviembre de 2021".
La Asociación de Empresarios de la Hostelería ha reaccionado a la prórroga de las medidas y a través de un tuit señalan: "Aplaudimos la actitud de la Consejera @paqui600 al tener en cuenta nuestro visión de la situación actual. Le agradecemos que por fin se reconozca nuestro compromiso y sacrificio durante toda la pandemia".
Los aforos están al 100% en todas las instituciones y espacios, siempre que hay distancia de 1,5 metros entre personas o agrupaciones de mesas, a excepción de la hostelería. En bares, cafeterías y en el ocio nocturno seguirá en vigor el 75% de aforo en interiores, aunque sí se cuenta con 100% en exteriores.
El consumo en la hostelería ya se puede realizar en barra o en mesa, pero se insiste desde las autoridades en dejar 1,5 metros entre clientes o grupos de mesas.
El aforo en los lugares de culto se reestablece en el 100% para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos en espacios cerrados y se mantiene el total disponible según su capacidad en espacios abiertos, en ambos casos siempre y cuando se puedan mantener las medidas preventivas generales establecidas del uso obligatorio en todo momento de la mascarilla, mantenimiento de la distancia social y existencia de geles hidroalcohólicos en las zonas de acceso, atendiendo al riesgo de transmisión que pudiera resultar de los encuentros colectivos, se recoge en la norma.
En cuanto a las instalaciones dedicadas a velatorios y honras fúnebres, la presencia de personas podrá alcanzar el 100% del aforo legal de la dependencia haciéndose uso de la mascarilla, si bien en espacios cerrados siempre y cuando se mantenga la distancia de seguridad de 1,5 metros entre los sujetos asistentes y una ventilación adecuada.
Por otro lado, las celebraciones relativas a bodas, bautizos, comuniones o eventos similares deberán regirse por lo establecido con respecto a la hostelería. Mientras que en referencia al acto civil o religioso, se podrá completar el 100% del aforo para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos tanto en espacios cerrados como abiertos, siempre y cuando se puedan mantener las medidas preventivas generales.
Asimismo, se permite la celebración de eventos sociales, culturales, educativos y recreativos con el 100% del aforo tanto en interiores como exteriores, debiéndose hacer uso de la mascarilla y dispensándose gel hidroalcohólico por el organizador.
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