La subvenciones podrán emplearse para crear nuevas empresas o ampliar las ya constituidas. El FEDER aporta el 80% de esta iniciativa y la Ciudad el 20% restante.
La Ciudad Autónoma abrirá durante el 2013 una nueva convocatoria de ayudas financieras para la creación de pymes o ampliación de empresas ya existentes. Así lo recoge el Boletín Oficial de Melilla (BOME) publicado el pasado viernes, en el que se especifica que estas ayudas contarán con una partida de 500.000 euros y que la iniciativa forma parte del Programa Operativo para Melilla 2007-2013.
Esta nueva edición de subvenciones públicas se realizará en base a lo acordado en el Consejo de Gobierno del pasado 25 de junio, cuando se aprobó establecer las bases reguladoras del régimen de ayudas financieras a microempresas, estableciendo un marco estable, sin perjuicio de la necesaria aprobación anual de las correspondientes convocatorias de subvenciones.
Se trata de uno de los últimos fondos del FEDER para el actual septenio. Las arcas municipales aportarán el 20% de la inversión total, mientras que el 80% restante llegará de Bruselas, según indica el BOME.
Los proyectos presentados se considerarán subvencionables cuando hayan pasado doce meses desde su alta en el impuesto de actividades económicas o su declaración censal. También será válida su alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o elevación de la escritura de constitución de la sociedad.
Entre otros requisitos, los proyectos de inversión deberán tener viabilidad económica, financiera y técnica. Asimismo, se solicita que tengan su domicilio social y fiscal en la ciudad autónoma y que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Además, tendrán que incluir activos fijos materiales e inmateriales totalmente nuevos en el caso de pymes de nueva creación. En lo tocante a las obras, deberán suponer una mejora en la calidad del servicio o un incremento del valor de la empresa.
En lo que se refiere a la ejecución del proyecto de inversión, se hará una vez se haya presentado la solicitud de ayudas y el responsable del órgano instructor haya confirmado por escrito que, en espera de una verificación detallada, la operación cumple las condiciones establecidas en el régimen regulador de la subvenciones.
En cuanto a los posibles beneficiarios de estas ayudas, se incluyen las microempresas, es decir, aquellas que dan trabajo a menos de diez personas y cuyo volumen de negocios anual no supera los dos millones de euros.
También podrán optar las personas físicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidades económicas que, careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos que se piden en las bases de dichas ayudas.
Las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas de la empresa pública Proyecto Melilla (Promesa). Junto al correspondiente impreso habrá que adjuntar el original y una fotocopia compulsada del documento de constitución y modificación de la empresa solicitante. En caso de actuar en representación de alguien, ésta deberá acreditarse mediante un poder.
Asimismo, es necesaria la memoria del proyecto de inversión según el modelo establecido en la solicitud de ayudas y una declaración en la que se hagan constar las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad concedidas o solicitadas de otras administraciones públicas o entes privados, nacionales o de la UE.
El volumen de inversión, criterio con más puntos.
El criterio que más valor recibirá a la hora de conceder la ayuda será el de volumen de inversión y recursos técnicos utilizados, que tendrá un máximo de 60 puntos de los 100 de los que consta el baremo. De los restantes, 20 corresponden a los años de vida con los que cuenta la empresa, valorándose más aquellas con más tiempo en funcionamiento. Los últimos 20 puntos irán en función del grado de innovación y especialización del proyecto presentado.
En caso de empate técnico, se dará prioridad al solicitante que tenga menos expedientes con propuesta de aprobación de cualquier Régimen de Ayudas Públicas en el mismo ejercicio.
En lo tocante al periodo de resolución de los expediente, no podrá exceder los seis meses, a contar desde el inicio del plazo de presentación de las solicitudes.
Por último, la justificación del cumplimiento del compromiso de inversión se hará mediante una rendición de cuenta justificativa.
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