El Consejo General de la Abogacía Española afirma que la Ley de Extranjería vigente impide llevar a cabo la propuesta de Interior.
Los abogados españoles afirman que no es posible que un convenio bilateral con Marruecos pueda legalizar las ‘devoluciones en caliente’ de inmigrantes que salten la frontera de Melilla o Ceuta. La subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), órgano que representa a los 83 colegios de abogados del país, asegura que la pretensión del Ministerio de Interior de ofrecer al país vecino un “mecanismo” de devoluciones inmediatas no tiene encaje legal en la Ley de Extranjería vigente actualmente. “En el momento en el que una persona está bajo autoridad española, le es de aplicación la Ley de Extranjería”, aseguró ayer el portavoz de la subcomisión, Francisco Solans.
La propuesta que el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, le hizo a su homólogo marroquí para realizar devoluciones inmediatas de los inmigrantes que intenten entrar en territorio español de forma “violenta o flagrante” choca frontalmente con la Ley de Extranjería vigente, según Solans.
El convenio del 92
“Interior parece que pretende interpretar que el convenio de readmisión es otra vía distinta, cuando lo único que dice es que Marruecos se compromete a readmitir a la gente devuelta desde España siempre que se demuestre que procedían de Marruecos. Las fórmulas legales que España tiene que aplicar para ello son exactamente las mismas”, aseguró el abogado, en relación al convenio ya existente, firmado en 1992 y ratificado por el Gobierno de Rabat el año pasado. Aún así, la readmisión recogida en ese acuerdo exige a España, según la Ley de Extranjería, la tramitación del expediente de devolución con todas las garantías para el inmigrante.
Solans recordó que desde hace años y a pesar de la firma del convenio con Marruecos, el país vecino ha usado la inmigración “como moneda de cambio” en sus relaciones con España y además sostiene que son las autoridades españolas las que no han cumplido con “su parte” del acuerdo bilateral diligentemente, consistente en “la identificación del inmigrante por parte de la Policía Nacional y no de la Guardia Civil, la asistencia de un abogado en el caso de que el inmigrante solicite asilo, la tramitación del expediente de devolución y su correspondiente plazo de recurso”.
Por tanto, el portavoz de la subcomisión de Extranjería insistió en que “por mucho que se le ofrezca a Rabat”, si las autoridades españolas “hablan de entregar a un inmigrante, reconocen que están ejerciendo un poder sobre esa persona, lo que significa que están en territorio español. Entonces hay que aplicar las figuras previstas legalmente, devolución, retorno o expulsión, con todas sus garantías”, argumentó Solans.
“Si un inmigrante rebasa la valla, ya no hay rechazo que valga. Está en España”
El portavoz de la Subcomisión de Extranjería del CGAE, Francisco Solans, explicó que la devolución en frontera no es aplicable a los inmigrantes que rebasan la valla de Melilla o Ceuta. “Si rebasa la valla, ha cruzado la frontera, ya no hay rechazo que valga. Está en territorio nacional, ha pasado, y por tanto tiene una serie de derechos y está sujero a unas leyes para lo bueno y para lo malo”, apuntó. Solans argumentó que “las fronteras no son de chicle y no dependen de la espalda del guardia civil, aunque lo diga Interior. Ese extranjero es una persona y hay que tratarle como tal”, destacó y añadió que “eso de coger a un señor, arrastrarlo al otro lado de la frontera y dárselo a Marruecos entra dentro de la detención ilegal”.