El titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla dictó esta semana una sentencia condenatoria para un individuo procesado por un delito de lesiones. Según la acusación de la Fiscalía, persiguió a un hombre por la calle hasta que este llegó a la puerta de su vivienda. Entonces, el encausado se abalanzó sobre él y le propinó una paliza, dándole golpes en varias partes del cuerpo.
Estos hechos tuvieron lugar el 6 de agosto, en la carretera de Hardú, en torno a las 3:30 horas de la madrugada. En consecuencia, la víctima sufrió varias heridas en el rostro, el hombro o la rodilla. Necesitó siete días para recuperarse de las lesiones.
El encausado, por su parte, reconoció su culpabilidad ante el juez para acordar una conformidad con el Ministerio Fiscal. En consecuencia, se rebajó la pena solicitada, que inicialmente era de dos años de prisión, reduciéndose a la mitad.
Orden de alejamiento
El individuo tampoco podrá aproximarse a la vivienda ni al trabajo de la víctima a menos de 200 metros durante un periodo de tres años. En este tiempo, tampoco podrá llamarlo ni ponerse en contacto con él.
Además, tendrá que indemnizar al perjudicado con 1.500 euros por las lesiones causadas.
Suspensión
La representante del Ministerio Público aceptó suspender el ingreso en prisión del procesado. Esto es posible cuando la pena impuesta no supera los dos años de prisión. Según recalcó la fiscal, permitiría anular el encierro a pesar de que el hombre cuenta con un antecedente penal, pero de distinta naturaleza.
El magistrado apercibió en la sala al individuo de que no podría volver a delinquir durante un plazo de cuatro años. De lo contrario, se le revocaría la pena y sí tendría que ingresar en prisión.
Por otro lado, ordenó el cumplimiento de trabajos en beneficio de la comunidad por un periodo de tres meses.
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