Prosiguen las Jornadas de Derecho Enrique Ruiz Vadillo en la UNED. Este jueves , el programa arrancó a las 10:00 horas con la conferencia ‘Consideraciones sobre algunas sentencias de pleno de la sala primera del Tribunal Supremo’, impartida por el presidente del Tribunal Supremo, Francisco Marín Castán al que acompañó Diego Giner Gutiérrez, profesor de la UNED en Melilla.
A las 11: 30 horas turno para una de las conferencias más esperadas bajo el título ‘Ensalzamiento y justificación del terrorismo y humillación de las víctimas’. En esta ocasión, el encargado de ofrecer la ponencia fue Rafael Rebollo Vargas, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Barcelona con el hablamos minutos antes de la charla sobre las disertaciones de su ponencia, pero también acerca del sistema judicial en España.
“Voy a tratar un tema muy polémico, discutible y discutido, en el que además hay una diferencia interpretativa importante por parte de los tribunales donde la jurisdicción ordinaria lo interpreta en distintos sentidos y donde el Tribunal Constitucional creo que, en algún, caso emite resoluciones, a mi juicio, técnicamente discutibles. Cuando hablamos de terrorismo y hablamos de víctimas lo hacemos sobre algo particularmente sensible para todo el mundo. Hay que cuestionarse la legitimidad de si determinadas expresiones deleznables están amparadas, o no, en el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión e ideológica”, afirma Rafael Rebollo.
El derecho es interpretable dentro de su objetividad. De ahí, que Rebollo se plantee la legitimidad de expresiones que pueden estar rozando la exaltación del terrorismo: “voy a hablar sobre la facultad que tiene alguien de decir expresiones reprobables si éstas están amparadas, o no, por el derecho”.
“Desde luego hablaré de esos tuits acerca de enaltecer determinados comportamientos, pero que tal vez tengan amparo en el ejercicio de los derechos fundamentales, aunque no las compartamos. El derecho es interpretable, pero el derecho está presidido por la lógica del derecho”, explica Rafael Rebollo. “Algo importante y que, a veces, perdemos de vista es cómo lo regulan las directivas europeas. Nosotros, a veces, interpretamos de una manera muy laxa, o que quizás no acabamos de entender”.
Aprovechamos la presencia del catedrático en Derecho Penal para hablar sobre el cumplimiento íntegro de las penas: “las penas se cumplen íntegramente y las reducciones de pena del anterior Código Penal desaparecen. Los accesos a los terceros grados son muy complicados, no son automáticos. Si usted tiene una pena de 10 años, usted no se va a ir a los dos, va a cumplir la pena íntegra”.
España y la justicia
Uno de los temas que más controversia levanta en España es la revisión permanente revisable que Rebollo nos aclara: “las penas de libertad en España pueden llegar hasta los 40 años, pero es que además existe otra pena complementaria, o distinta que es la prisión permanente revisable. Tenemos que ser conscientes de que España es el país con el índice de criminalidad más bajo de la UE y que, por el contrario, tiene uno de los índices más altos de prisiones preventivas. Cometemos menos delitos, pero tenemos a más personas en prisión”.
A tenor de estos datos, Rafael Rebollo aclara que: “nuestro Código Penal es especialmente punitivo y nuestras leyes de enjuiciamiento rigurosas y a veces no lo entendemos. Más allá de esos mensajes, a veces tan pesimistas acerca de la justicia en España, creo que deberíamos reflexionar y ser objetivos. Yo le digo a mis alumnos, no piensen ustedes con el estómago, piensen con el código”.
Entre las críticas de los españoles hacia la justicia se encuentra también la prescripción de los crímenes: “es un principio general del derecho al igual que en todo nuestro entorno. Cualquier prescripción de los delitos es una de las circunstancias de extinción de la responsabilidad penal previsto en el Código Penal. Pero, insisto, los plazos están en función de la gravedad de un delito. En caso, de un delito de asesinato hablamos de 30 años”.
La justicia siempre había sido una de las instituciones mejor valoradas del Estado junto a la Policía aunque esa premisa ha cambiado en los últimos años y desde el mundo jurídico entonan el mea culpa: “hay aspectos de la justicia que no funcionan, tales como la renovación del Consejo General del Poder Judicial que lleva más de cinco años y medio sin renovarse, algo, desde mi punto de vista, insostenible. Renovar el CGPJ es una cuestión de sentido común y de imperativo constitucional. Cuando no lo cumplimos estamos incumpliendo el mandato constitucional”.
Reforma Constitución
Últimamente escuchamos muchas voces que instan a la renovación de la CE, pero la reforma de determinados artículos requieren la disolución de las Cortes: “hay aspectos muy reforzados por parte del legislador constituyente. La reforma de la Carta Magna implica la existencia de un extraordinario consenso político, ciudadano y constitucional que ahora no tenemos. Por ejemplo, el punto sobre la sucesión de la Casa Real. Estamos hablando de un tema especialmente sensible que ningún Gobierno ha sido capaz de consensuar para reformarlo y a mí me parece absolutamente necesario como tal vez tantas otras cosas del texto constitucional. Tenemos un texto de 1978 y sólo se ha modificado en dos ocasiones para cuestiones muy puntuales. Las condiciones de este país no son las mismas que hace 46 años y nos cuesta consensuar cuando las constituciones de los países de nuestro entorno se reforman sin necesidad de bloqueos políticos y de partidos que, para mí, no tienen ningún sentido”.
Programa viernes
El viernes será el último día de este evento. A las 10:30 horas se llevará a cabo la ponencia titulada ‘Los recientes recursos de revisión ante el Tribunal Supremo de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo relacionadas con España’. El ponente de esta conferencia será María Elosegui, jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. .
A las 12:00 horas será el turno para la ponencia ‘Nuestra Constitución y su Tribunal’, impartida por Cándido Conde Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional.