Categorías: Tribunales y Justicia

La droga que ‘desaparece’

Los kilos de hachís que la Guardia Civil interviene en el puerto ‘adelagazan’ cuando llegan a los tribunales al quitarles los envoltorios en los que viajan.

El hachís es la “droga estrella” en Melilla en las numerosas incautaciones que la Guardia Civil realiza en el puerto, el aeropuerto y la frontera, pero el peso de la droga desde que es interceptada en estos lugares hasta que llegan a los tribunales varía, en algunos casos, de forma notable. Sin embargo, no desaparece ningún kilo de droga. La Guardia Civil extrae los paquetes de hachís que encuentran en los vehículos que quieren embarcar en el puerto y los pesan tal cual. Cuando son enviados al área de Sanidad de la Delegación del Gobierno en Melilla, los responsables del análisis de esta ‘mercancía’ quitan todos los envoltorios que los narcotraficantes utilizan para camuflar el olor del hachís, con el fracasado objetivo de que los canes del Servicio Cinológico de la Benemérita no lo detecte.
La droga, una vez desprovista de su ‘traje’, vuelve a pesarse, obteniéndose así el peso neto. Este dato es fundamental para los tribunales de Melilla, pues dependiendo de la cantidad de la droga, se solicitará para el detenido o los detenidos una pena u otra.
El Código Penal (CP) sanciona con cárcel los delitos contra la salud pública, pero dependiendo del peso del estupefaciente que se incaute, la condena puede variar de su forma ordinaria  a su modo agravado. En términos jurídicos, el peso neto de la droga decomisada se clasifica en si éste es “de notoria importancia” o no. En el caso del hachís, a partir de 2,5 kilos se considera una cantidad de notoria importancia que agrava la pena.
El artículo 368 del CP establece penas de uno a tres años de prisión y multa equivalente al precio estimado de la droga en el mercado ilícito o multiplicada por dos. En el tipo agravado, la sanción aumenta de tres a seis años y multa al tanto o el triple.
Por ello, es importante el peso neto de la droga incautada que analiza Sanidad. El informe que se redacta también incluye otro aspecto importante en el análisis de la droga: Su composición. La pureza de la droga también influye en el proceso judicial  no solamente en el caso del hachís sino también en los decomisos de cocaína, heroína, LSD o metadona.
Las cantidades mínimas que marcan esa “notoria importancia” de todos los tipos de sustancias vienen recogidas en el informe que en 2001 realizó el Instituto Nacional de Toxicología. En él también diferencia las sustancias que causan más o menos “daño grave a la salud”, si bien todas son nocivas, lógicamente.
En el caso del hachís, que es la droga que más se incauta en Melilla, el peso que marca una sanción u otra son 2,5 kilos. Para drogas duras, que causan, por tanto, un daño más grave a la salud, esta cifra baja notablemente. En el caso de la cocaína, el límite es 750 gramos, para la heroína y el LSD son 300 gramos y 120 en el caso de la metadona.
Sin embargo, las cantidades que la Policía Nacional y la Benemérita decomisan de cocaína, heroína y demás, son muy pequeñas, pues generalmente o son para consumo propio o para su venta al ‘menudeo’.

La hora del juicio
Así pues, cuando en el puerto la Guardia Civil se incauta, por ejemplo, 150 kilos de hachís, como ocurrió en noviembre del año pasado, en un vehículo, la cantidad final de droga ‘adelgazó’ tras el análisis del área de Sanidad de la Delegación, reduciéndose hasta los 123 kilos. El juicio contra el único detenido en esta operación, un ciudadano marroquí con residencia en Francia, se celebró esta semana y el acusado fue condenado a la pena mínima, tres años y un día de prisión, y una multa de 190.000 euros, el valor estimado de la droga en el mercado ilícito.
La pena máxima en el tipo agravado es de seis años de cárcel, pero en la mayoría de los casos los acusados de un delito contra la salud pública se declara culpable para verse beneficiados en la sentencia. Su abogado defensor y la Fiscalía acuerdan la pena mínima por la asunción de los hechos.
En el momento de la sentencia, el juez ordena igualmente la destrucción de la droga. Cierto es que una vez que Sanidad ha analizado la droga, ésta se destruye, pero se guarda una parte, a modo de muestra, por si, posteriormente, se solicita una segunda prueba  durante el procedimiento judicial. Una vez la sentencia es firme, esta muestra también se destruye.

La espera para el juicio por drogas, de 180 a 20 días

Una de los principales logros que se ha conseguido este año es reducir la espera del detenido por un delito contra la salud pública para la celebración de su juicio. Hasta hace poco el proceso judicial, desde la detención, podía alargarse hasta seis meses, pero ahora la media de espera es de 20 días. Así lo destacó a El Faro el juez decano de Melilla, Emilio Lamo de Espinosa, quien explicó que esta rapidez se debe a la estrecha colaboración de la justicia con la Delegación del Gobierno, a través del área de Sanidad, encargada del análisis de la droga que se incauta.  
De hecho, Lamo de Espinosa destaca que hay casos en los que Sanidad tarda solamente tres días en enviar su informe, por lo que en el mismo Juzgado de Guardia, si el detenido se declara culpable, el juez puede imponer la condena allí mismo y ordenar la destrucción de la droga incautada.
Esta agilidad procesal no es gratuita. Las autoridades judiciales atienden con prioridad las causas en las que hay una persona en prisión provisional e intentan evitar, en todo caso, que los reos estén en esta situación: “Es más importante tener a un preso penado que un preso preventivo”, agregó el juez decano.

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