La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de Melilla ha tramitado 668 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en los primeros nueve meses de 2022, tal y como ha informado el Director Provincial, Augusto Hoyo.
Esta cifra supone una disminución del 3,18% respecto al mismo periodo de 2021. Del total hasta septiembre, 316 han correspondido al primer progenitor, habitualmente la madre, y 352, al segundo progenitor, normalmente el padre. El gasto asociado a esta prestación entre enero y septiembre de este año ha sido de 3.663.193 euros.
La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad cuando entró en vigor el 1 de enero de 2021 y ha supuesto la equiparación completa de ambas.
En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.
La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el INSS durante las semanas que dura el permiso.
Por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor se ha reconocido en Andalucía (63.799), Cataluña (63.338), Madrid (59.736) y la Comunidad Valenciana (36.041).
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es) y a través del formulario en https://tramites.seg-social.es/acceso/prestacion-nacimiento-cuidado-menor.html.
En la guía práctica que se encuentra en https://revista.seg-social.es/-/c%C3%B3mo-pedir-la-prestaci%C3%B3n-por-nacimiento-y-cuidado-de-menor se explica cómo hacerlo, además, el usuario encontrará información sobre otros trámites relacionados con el nacimiento del bebé como el alta en la asistencia sanitaria.
También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.
Excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar
Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta de enero a septiembre 2022 fue de 28, de las que 22 correspondieron a mujeres, el 78,57%, y 6 a varones, lo que equivale al 21,41%.
La variación interanual 2021/2022 en valor absoluto ha sido de 6, un 27,27% más que el año anterior. Madrid (7.605), Cataluña (5.675), Andalucía (4.098), País Vasco (3.856) y la Comunidad Valenciana (3.663) son las comunidades autónomas con más excedencias tramitadas.
En todas las comunidades autónomas se han registrado menos excedencias que en el mismo periodo del año pasado. Los principales descensos han sido en el País Vasco (-23,5%), Cantabria (-21,9%) y Galicia (-19,3%).
Los trabajadores pueden solicitar excedencia para atender a hijos o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.
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