La Ciudad advierte que los patinetes eléctricos no deben superar la velocidad máxima de 25 km/h. Según ha confirmado la Jefatura de la Policía Local de Melilla existen ciertas medidas y restricciones a este tipo de vehículos en la ciudad.
En una nota de prensa emitida personalmente al El Faro, tanto la Ciudad como la Jefatura de la Policía Local han querido clarificar las ciertas medidas y restricciones que existen vigentes para este tipo de vehículos eléctricos.
Los Vehículos de Movilidad Personal (o VMP, entre ellos, los patinetes eléctricos) son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida.
Antes de circular es importante conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de los vehículos de movilidad personal (VMP) en sus desplazamientos urbanos y hacerlo de forma segura.
Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano.
En 2020, en España se registraron 8 fallecidos que viajaban en este tipo de vehículos, 7 de ellos en vías urbanas y 1 en interurbana, carreteras donde su uso está prohibido.
En este sentido, el Ministerio del Interior elaboró un Manual de características de los vehículos de movilidad personal, un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.
A partir del 22 de enero de 2024 todos los VMP que se comercialicen deberán estar certificados para su uso. Hasta esta fecha se podrá circular aunque no se disponga de él.
Asimismo, sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Por ello, conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear a los usuarios una multa entre 500 y 1.000 € en función de la tasa de alcohol o de 1.000 € si se trata de drogas.
En caso de dar positivo, además, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo: la multa será de 200 € y, en el caso de los auriculares, si la ordenanza municipal contempla esta medida como obligatoria, la multa será de 200€.
En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine.
La DGT está ya trabajando en este desarrollo normativo de forma conjunta con los ayuntamientos y con los actores implicados.
La Dirección General de Tráfico (DGT) expuso una serie de recomendaciones para el mantenimiento de este tipos de vehículos.
Según confirman “el patinete eléctrico necesita de un mantenimiento periódico con sus correspondientes revisiones. No se recomienda utilizarlo si tiene piezas rotas, si la duración de la batería ha disminuido considerablemente, si hay fugas de aire en los neumáticos o signos de desgaste, ni cuando hay sonidos al girar u otros síntomas anormales. En estos casos se debe acudir a un taller”.
“También hay que vigilar el estado y la presión de las ruedas si son con cámara de aire. En su limpieza se debe usar un trapo húmero evitando las zonas eléctricas. Nunca realizar la carga durante la noche, por si se recalienta y se incendia. La carga se debe realizar antes de que la batería se descargue por completo y nunca si el patinete está mojado o hay humedad” afirman.
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