Opinión

La jurisprudencia del ayuno (y III)

Indeseable:

Hemos visto entonces ya lo que es obligatorio, lo que es sunna, lo que es recomendable, vamos a pasar ahora a ver qué es lo indeseable, y recordad que lo indeseable es aquello que si haces no obtienes ningún tipo de castigo, pero que si no lo haces, obtienes recompensa. Pero, mucho cuidado, con lo makruh (indeseable), con decir, “ah, si eso solo es makruh, si lo hago no pasada nada”, ya que siempre se dice que el makruh es el primer paso hacia lo prohibido.

1. Acariciar, o incluso fantasear con intenciones, incluso si se está seguro de que eso no va a llevar a más y que no va a ser causa de emitir el líquido pre seminal, previo a la eyaculación, eso es indeseable, makruh. Si uno teme que no va a ser capaz de controlarse en esos momentos de excitación, entonces no solo es indeseable, sino que está prohibido.

2. Es indeseable también probar comida, introducirte cualquier cosa que tenga sabor en la boca, y elementos como la pasta de dientes deben también evitarse, por la posibilidad que hay de que tragues algo, en cuyo caso se invalidaría el ayuno.

3. El tercer aspecto indeseable es, el hablar innecesariamente en demasía; esto lo escuchamos muchas veces, y es un aspecto muy importante del ayuno.

4. Besar y más indeseable aún en el caso del que tema no contenerse. Se entiende que se refiere al beso que no es en la boca, ya que besar en la boca mientras se está ayunando es algo que hay que evitar siempre, y besar en la piel, ya sea el hombre a la mujer o viceversa, es indeseable ya que puede conducir a despertar la excitación que no seas capaz de controlarte y terminar rompiendo el ayuno.

5. Lo mismo es aplicable a las caricias, es decir, que acariciar a tu mujer, o viceversa, se entiende siempre una caricia que va más allá de un simple tocarle el brazo por ejemplo, es indeseable, si temes que no vas a ser capaz de contenerte con esas caricias, entonces se considera que está prohibido.

6. Mirar a las mujeres con deseo (en el caso de la mujer, mirar a los hombres con deseo), se dice que la mirada es el correo de la fornicación, y que por los ojos es por donde intenta entrar el demonio, con lo cual hay que evitar este tipo de mirada en cualquier momento del año, pero en Ramadán en particular mucho más.

7. Emplear cualquier miembro del cuerpo en hacer o decir cosas superfluas y carentes de cualquier tipo de valor.

8. Usar kohol (cosmético para embellecer los bordes de los párpados, las pestañas o las cejas) o colirio.

9. Excederse al aspirar agua por la nariz en el wudu (la ablución), ya que puede terminar llegando a la garganta.

10. Dormir mucho durante el día, dormir excesivamente mientras se está ayunando.

Prohibido:

Esto son los aspectos indeseables, vamos a pasar ahora a ver cuáles son los aspectos prohibidos durante el ayuno, o dicho de otra manera, aquello que si haces mientras estas ayunando se rompe tu ayuno:

1. Ayunar sin intención, o mientras estás ayunando romper tu intención, o mientras se está ayunando negar la obligatoriedad del ayuno, es decir, que estás ayunando y dices “bah, paso de seguir ayunando”, y aunque no lo rompas, aunque no comas nada, con solo poner esa intención ya es suficiente.

2. Mantener relaciones sexuales, o eyacular deliberadamente, ya sea provocándolo tú mismo o con la intervención de otra persona.

3. Que entre algo en la cavidad del cuerpo (desde la garganta hasta el estómago) por la boca, fosas nasales o por los ojos o en los oídos; por eso debemos evitar el kohol, colirio y otros aspectos similares; las inyecciones, a no ser que sean nutritivas, no rompen el ayuno según la mayoría de los ‘eruditos del madhhab (escuela) maliki.

4. Provocarse el vómito intencionadamente o volver a tragarse lo que se ha vomitado una vez que ha llegado a una parte de la boca de donde debe ser arrojado; es decir, si te provocas el vómito intencionadamente rompes el ayuno, tragues o no tragues nada; si es sin querer, únicamente lo rompes si tragas algo una vez que ha salido de la garganta.

5. La apostasía, es decir salirse de la religión del Islam, eso invalida el ayuno.

6. Que sobrevenga la menstruación, aunque sea al final del día, en el momento en el que la mujer se da cuenta de que le ha venido la menstruación ese día de ayuno no le es válido y tiene que recuperarlo.

7. Que haya una pérdida de conocimiento o un momento de enajenación mental en el momento de despuntar el alba o a lo largo del día. Y aquí en lo que coinciden la mayoría de los eruditos es que si pasa fayar (alba) y estás sin conocimiento (no por estar dormido) el ayuno no es válido y si ocurre a lo largo del día, esa pérdida de conocimiento tiene que durar al menos la mitad del día, si es así, entonces ese día hay que recuperarlo, si dura menos de la mitad del día, el ayuno sigue siendo válido.

Ruptura del ayuno:

Estos siete aspectos rompen el ayuno, estamos hablando de invalidar el ayuno, y siempre que hablamos de romper el ayuno, hay que hacer una diferencia, hay que tener una cosa clara y es que realmente hay tres formas por las que se rompe el ayuno:

1. Intencionadamente, es el ayuno que ya sea obligatorio o sea recomendable rompes intencionadamente, con total conciencia de ello, totalmente a sabiendas, cometiendo alguno de los actos que lo invalidan de los que ya hemos hablado.

2. Segunda forma de romper el ayuno: Inintencionadamente, sin querer, por descuido, es el ayuno qué sin querer, por error rompes; es cuando estás ayunando y ves un vaso con agua, y te lo bebes, y en el momento en el que te lo bebes, dices: anda, pero si estaba ayunando.

3. La tercera categoría es romper el ayuno por alguna excusa válida, como puede ser estar de viaje, un agotamiento físico extremo que te haga temer por tu salud, que a la mujer le venga la menstruación, que sobrevenga una enfermedad, etc… En estos casos está permitido romper el ayuno, ya que lo haces por una “excusa válida”.

Estas son las tres formas por las que se puede romper el ayuno, y siempre es con alguno de los siete aspectos que acabamos de ver que rompen el ayuno; entonces hay una regla básica, y es, qué si se rompe un ayuno obligatorio, sea por la razón que sea, por cualquiera de estas tres razones, ese día de ayuno tienes que recuperarlo. Esta es la regla básica y general, cualquier día de ayuno obligatorio, que se rompe, hay que recuperarlo.

Ahora bien, si se rompe un ayuno obligatorio, ya sea un día de Ramadán, o sea cualquier otro tipo de ayuno obligatorio, a sabiendas, siendo consciente, sin ningún tipo de excusa válida, lo primero que hay que dejar claro y decir es que está prohibido, es haram hacer eso, tú no puedes coger y romper el ayuno porque te dé la gana, y ya lo hemos dicho antes, ¿qué significa cuando decimos que algo es haram? Lo haram es aquello qué si se hace, conlleva un castigo, y si no se hace, se obtiene recompensa. Entonces romper un ayuno obligatorio, intencionadamente y sin excusa, es haram, requiere de tawba (arrepentimiento ante Dios), y requiere de una expiación, de una kaffara, de la que ya hablaremos.

Vamos a poner un ejemplo para entender esto mejor, estás en el día 21 de Ramadán, dices, “puff, que calor, que sed tengo, paso de seguir ayunando, no quiero seguir ayunando”, vas a la nevera, la abres, coges la botella de agua fresquita, y le das un buen trago; muy bien, lo has hecho, supongo que te habrás quedado a gusto, pero ahora tienes que saber que eso que has hecho es haram, que requiere tawba (arrepentimiento, penitencia), que vas a tener que hacer una expiación (kafara), y no solo eso, si no que el resto del día, tienes que seguir ayunando y luego, tienes que recuperar ese día.

Si este mismo ocurre sin querer, en el día 21 de Ramadán, te levantas de la siesta, son las 5 de la tarde, vas a la cocina, medio dormido todavía, abres la nevera, coges la botella de agua y les das un trago, y dices, anda, qué he hecho, si estoy ayunando. En ese caso, no has hecho algo haram, porque no había intención de hacerlo, no tienes que hacer tawba, no tienes que pagar ninguna expiación, lo único que tienes que hacer, es seguir ayunando lo que queda del día, y, recuperar ese día en el que tu ayuno no ha sido válido.

Observad la diferencia que hay en las consecuencias entre una cosa y otra, el acto es el mismo, beber agua, pero es que todo, depende de la intención, por eso siempre la intención es lo primero, por eso en todos los actos de adoración, la primera condición es la intención.

Excusas validas para no ayunar:

Y ahora ya para terminar vamos a ver cuáles son las excusas válidas para no ayunar o para romper el ayuno según el madhhab o escuela jurídica del Imam Malik, son siete casos:

1. La enfermedad; dice Dios: “Pero el que esté enfermo o de viaje, podrá hacerlo en igual número, otros días” (2:183). Si una persona está enferma con una enfermedad que le impide ayunar, entonces puede no ayunar; si la enfermedad no le impide ayunar, pero el ayuno va a ser causa de que empeore entonces puede no ayunar y no sólo eso, si no que en ese caso es obligatorio que no ayune. Si puede ayunar con dificultad (que es un esfuerzo, pero no empeora la enfermedad), entonces tiene licencia para romper el ayuno, aunque es mejor que por lo menos intente ayunar.

Si está enfermo durante Ramadán, pero esa enfermedad tiene cura, entonces que no ayune y lo haga cuando se recupere; si es una enfermedad que no tiene cura, o que requiere estar tomando alimentos a cada momento y por lo tanto impide ayunar, entonces que no ayune y que pague una compensación alimenticia por cada día no ayunado.

2. El viaje; para que pueda romperse el ayuno por estar de viaje, hay algunas condiciones, entre ellas que sea un viaje halal (licito), es decir que no sea un viaje para cometer un acto de transgresión, que se recorra como mínimo una distancia que permite acortar las oraciones, que son 84 km, que se tenga la intención de no estar residiendo en el sitio al que vas más de cuatro días (igual que en la oración), otra condición para poder romper el ayuno en el viaje es poner la intención de que vas a viajar y salir antes de fayar (alba), si se sale después de fayar no se puede romper.

Respecto al viaje es importante recordar que lo que Dios da es una licencia para no ayunar por la dificultad que pueda tener el viaje en sí y siempre es mejor ayunar que no hacerlo. No obstante, si uno sale de viaje después de fayr, y le está resultando muy difícil, entonces que sepa qué si rompe el ayuno, no lo está rompiendo por el viaje, si no por la dificultad extrema, de la que hablaremos más adelante.

3. La mujer embarazada: dice Ibn Abi Zaid al Qairawan en la ‘Risala’: “Si la mujer embarazada teme que el ayuno afecte al hijo que lleva en su vientre, que no ayune”. Si una mujer embarazada teme que el ayuno pueda afectar a su salud o la del feto, o él bebe que lleva en su vientre, entonces que no ayune. No tiene porqué empezar ayunando y cuando se sienta mal romperlo, es decir no tiene que empezar ayunando todos los días, simplemente no ayuna, y más adelante lo recuperará.

4. La mujer que está dando el pecho: la mujer que está dando el pecho tiene permiso para no ayunar si teme por ella misma o por su bebe, y si no encuentra a nodriza que lo alimente o el niño no acepta más leche que la suya. La diferencia respecto a la mujer embarazada, es que en este caso si hay una llamada a la mujer que esté dando el pecho a que intente ayunar intente probar qué tal le sienta el ayuno, ya que el hecho de estar dando el pecho no es excusa válida para no ayunar, sino que lo que permite no ayunar es ese miedo a la salud; entonces que la mujer lo intente, si no puede entonces que no ayune, sin embargo, sí puede entonces que lo haga.

5. La vejez: La sharía o ley islámica’ entrega al anciano, ya sea hombre o mujer, a aquellos que el ayuno ya se ha convertido en una carga para ellos el permiso de no ayunar, teniendo luego que alimentar a un pobre por cada día no ayunado, ya que obviamente, no lo van a recuperar. El Mensajero, al que Dios colme de bendiciones, dijo: “Aquel que llegue a la vejez y no puedo ayunar en el mes de Ramadán, debe por cada día dar un mud de trigo”.Y el Imam Malik dice en el ‘Muwatta’, que Anas Ibn Malik llegó hasta una edad en la que no podía ayunar y daba compensación alimentaria. Y dice Malik: “Pero no veo que esto fuera una obligación para él, y lo más amado para mí, es que de esa compensación si es fuerte (si tiene medios para hacerlo). Es decir, que en el mahdhab maliki no es obligatorio, pero si recomendable.

6. Hambre o sed extrema, aquel que durante un día de Ramadán sienta un hambre o una sed extrema y sienta que eso le va a perjudicar en su salud o en la actividad que está obligado a realizar, entonces la sharia o ley islámica le permite romper el ayuno para así cubrir esa necesidad imperiosa. Si el caso es muy extremo, no sólo le está permitido romper el ayuno, si no que está obligado a romperlo y por cada día que haya roto o que no haya ayunado no deberá pagar ningún tipo de compensación, lo que tendrá que hacer es recuperarlo cuando pueda. Por poner algunos ejemplos, un bombero que acude a un rescate duro y peligroso y necesita estar hidratado, un militar en acto de servicio realizando alguna actividad dura en plena misión u operación, un médico que va a operar durante largas horas y es una operación que no se puede posponer y son muchas horas en el quirófano y siente que necesita estar hidratado etc. Como hemos dicho, todo lo que sea perjudicial para la salud o para la actividad que ésta obligado a realizar.

7. La imposición, la obligación. Que alguien te obligue a romper el ayuno a la fuerza, si a alguien le ocurre esto, entonces que lo rompa y luego tendrá que recuperar el día o los días sin necesidad de que entregue ninguna compensación. El Mensajero al que Dios colme de bendiciones, dijo: “Dios ha quitado la responsabilidad en esta comunidad a tres, el error, el olvido, y aquello que se te obliga a hacer”.

Estos son los siete casos en los que el madhhab o escuela del imam Malik permite romper el ayuno. En todos estos casos en los que hemos hablado de compensación alimenticia, no es alimentar a sesenta pobres, como si hubieras roto intencionadamente un día de ayuno de Ramadán, la compensación en estos casos es alimentar a un pobre por cada día no ayunado; alimentarlo con la comida más común del lugar en el que te encuentras, y se prefiere que sea comida ya cocinada porque es posible que al que se lo estés dando no tenga medios para cocinarlo.

Esta misma compensación alimentaria tiene que pagarla el que no ha recuperado los días que debía del Ramadán anterior hasta que llega el Ramadán siguiente; es decir, yo este año, por una causa o por otra no ayuno durante 4 días, si no los recupero antes del Ramadán siguiente tengo que alimentar a un necesitado por cada uno de esos días. Y por supuesto, tengo que seguir teniendo que recuperar esos días de ayuno.

En próximos artículos trataremos de ver los aspectos relacionados con el retiro espiritual en las mezquitas y la Noche del Decreto, pero será después del homenaje que queremos tener con nuestros vecinos cristianos y judíos ya que en estos días se celebra la Semana Santa cristiana y el ayuno del Purim judío.

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