Tribunales y Justicia

El juez rechaza declarar la nulidad de pruebas en el ‘caso Abogados’

  • Además, acepta que se mantenga la acusación popular a los letrados, en contra de lo que pedía la defensa

Ayer se celebró la segunda sesión del juicio por el ‘caso Abogados’, en la que el Ministerio Fiscal respondió a las cuestiones previas planteadas por los letrados de la defensa el pasado lunes y el juez anunció sus decisiones al respecto. El titular del Juzgado de lo Penal número 1, el que se ocupa de esta causa, rechazó la nulidad de pruebas solicitada por la defensa.

En este juicio se acusa a María Antonia Garbín, quien fue consejera de Bienestar Social entre 2003 y 2015, de haber contratado de forma irregular a cuatro letrados externos a la Administración local.

Aparte de Garbín, actual portavoz del PP en la Asamblea, hay otros 13 inculpados. Nueve de ellos son funcionarios de la Ciudad, y los cuatro restantes, los letrados que supuestamente fueron empleados sin que se respetaran los procedimientos administrativos.

Acusación popular

El juez decidió asimismo que la Asociación Libre de Abogados (ALA) se mantenga como acusación popular, algo a lo que se oponía la defensa alegando que esa entidad carece de la condición de “utilidad pública”.

Antes de intervenir el titular del Penal 1 lo hizo la fiscal. El ministerio público acusa de prevaricación a Garbín y a los funcionarios de Bienestar Social que participaron en la preparación de los contratos con los letrados. No obstante, no imputa a los cuatro abogados delito alguno.

La fiscal se opuso “rotundamente” a la petición de la defensa de que se declarasen nulos los testimonios que los cuatro letrados prestaron ante la Benemérita en calidad de testigos, en lugar de investigados. Según la acusación pública, “ningún informe de la Guardia Civil se basa en exclusiva en estas declaraciones”.

Teoría de la defensa

Así, esta parte acusadora no vio aplicable la llamada ‘teoría del fruto del árbol envenenado’, que esgrimió la defensa en su intervención del lunes. Esta tesis sostiene que si los abogados hubieran declarado como imputados en lugar de como testigos, su testimonio podría haber sido diferente.

La fiscal concluyó su intervención solicitando que los cuatro abogados a los que ella no acusa, pero sí lo hace la el letrado de la acusación popular, sean los últimos imputados en prestar declaración al empezar la práctica  de la prueba testifical.

‘Doctrina Atutxa’

Finalmente, el juez dio a conocer sus decisiones sobre las cuestiones previas presentadas por los letrados de la defensa. El magistrado rechazó que la acusación popular ejercida por ALA no esté legitimado para hacerlo, con lo que aplicó la llamada ‘doctrina Atutxa’. Esto se refiere a un delito de desobediencia del que se acusaba a Juan María Atutxa, expresidente del Parlamento vasco, en el que la Fiscalía no le imputó una conducta delictiva, pero sí lo hizo la acusación popular.

“Es perfectamente posible la ‘doctrina Atutxa”, subrayó el juez, quien negó que debiera aplicarse la ‘doctrina Botín’, que establece que sin acusación por parte del Ministerio Fiscal no puede continuar adelante el juicio.

El juez entiende que el “bien jurídico protegido” que ALA considera que no han respetado los acusados en el ‘caso Abogados’ es el “recto y normal funcionamiento de la Administración Pública”.

Fiscalía y acusación popular

Según el juez, “es entendible” que el criterio del Ministerio Fiscal pueda no ser compartido “por alguna persona física o jurídica”, y aludió al ejemplo de la Infanta Cristina cuando fue acusada por el ‘caso Noos’.

El próximo lunes, a las 10:30 horas, está previsto que comiencen las declaraciones de los acusados por este delito continuado de prevaricación.

La fiscal retira la acusación contra una funcionaria

En su escrito de acusación, el Ministerio Fiscal imputaba un delito de prevaricación a María Antonia Garbín y a nueve funcionarios que trabajaban en la Consejería de Bienestar Social cuando ella estaba al mando de la misma. Sin embargo, la fiscal decidió ayer retirar la acusación contra una de las empleadas públicas, al considerar que el delito ha prescrito tras haber transcurrido diez años de esa conducta supuestamente irregular. La acusación pública alegó que una denuncia presentada en febrero de 2014 por la Asociación Libre de Abogados no interrumpía el plazo de la prescripción. Así, la exonerada de los cargos, I. C., declarará en calidad de testigo.

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