Un juzgado de Melilla ha dictaminado que la Ciudad tendrá que elaborar en el plazo de seis meses un catálogo con vestigios de la Guerra Civil y la dictadura franquista, al estimar en parte un recurso interpuesto por el abogado de Madrid Eduardo Ranz por incumplimiento de la Ley de Memoria Histórica.
El fallo del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1, con fecha del pasado miércoles, admite parcialmente el recurso interpuesto en mayo pasado por este letrado, cuyo bufete ha presentado numerosas denuncias contra distintas instituciones por no aplicar esta normativa del 2007, entre ellas el Ejecutivo melillense.
La sentencia, ante la que cabe recurso de apelación en quince días, establece que la Ciudad debe aprobar este catálogo en el plazo fijado de seis meses en cumplimiento de esta ley.
“Transcurrido ese plazo si no se realizara el catálogo, el alcalde-presidente incurriría en un delito de desobediencia, castigado con hasta doce años de inhabilitación especial o cuatro años de prisión”, advirtió Ranz en un comunicado.
El abogado había recurrido por la vía contencioso-administrativa la desestimación “por silencio” de una solicitud que presentó en el 2015 a la Ciudad Autónoma, a la que reclamó entonces la aprobación de una ordenanza para retirar símbolos franquistas.
Entre ellos, aludía a una estatua de Francisco Franco junto al puerto de la ciudad, cuya placa le identifica como comandante de La Legión; un monumento a los Héroes de España en el centro de Melilla del que ya se eliminaron referencias falangistas y la leyenda “Una, grande y libre”; y escudos de la dictadura en edificios militares protegidos como patrimonio histórico-artístico.
El juzgado sentencia que “el catálogo debe preceder a la ejecución de la materialización de la eliminación de los elementos”, ya que algunos pudieran estar protegidos por “razones artísticas, arquitectónicas o artísticas-religiosas”.
En el escrito judicial se explica que la Administración local se oponía a la estimación del recurso, entre otras razones, porque consideraba que la obligación de la retirada de estos símbolos no es absoluta, ya que cabe que algunos bienes no sean retirados en ciertos supuestos y entiende que por ello debe elaborarse un catálogo. Sin embargo, el juzgado apunta que pese a que la Ley de Memoria Histórica entró en vigor en 2007 la Ciudad aún no la ha aplicado. Asimismo, indica que aunque la Administración hable de la realización de este catálogo no hay prueba que acredite que esta intención sea real.
El recurso interpuesto por Ranz pedía, además de la creación del catálogo, la eliminación de los elementos, pero esta segunda parte no ha sido admitida. El juez apunta en la sentencia que será una vez que esté listo este documento sobre el patrimonio afectado cuando se podrá proceder a decidir si tienen que ser eliminados o no.
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