Juan Cano: “Los militares tienen una serie de limitaciones en sus libertades”

El presidente del Consejo Consultivo de Andalucía, Juan Cano, explicó ayer, durante el curso sobre Derecho militar, la excepcional de las limitaciones en los derechos fundamentales y libertades de los militares.

“Su estructura se ha de basar en un acatamiento de órdenes, por lo que es fundamental que, por ejemplo, la libertad de expresión no rebase unos límites que puedan ser interpretados como menosprecio a la autoridad”, señaló.
El también catedrático de Derecho Constitucional expuso, durante su conferencia en este curso de la Ciudad Autónoma con la Universidad de Granada y la Comandancia General de Melilla (Comgemel), entre otras instituciones, la excepcionalidad en el tratamiento de los derechos fundamentales de los miembros de las Fuerzas Armadas, contemplada en la Constitución. Así, relató que por razones de “seguridad y moral pública” que provoque que “el principio de la inviolabilidad del domicilio y la intimidad personal ceda ante una situación de emergencia”.

Sin huelga y sindicalismo
Otro de los derechos coartados por la condición de la seguridad del Estado es que tienen “radicalmente prohibido el derecho a huelga y sindicalismo”. Únicamente se les aceptar crear o pertenecer a asociaciones con fines de apoyo a las Fuerzas Armadas o a la cultura militar.  Por otro lado, sí que hay derechos plenamente reconocidos. “La libertad religiosa está ampliamente reconocida y cuando pugne con una orden contraria a la misma podrán ser excluidos del servicio con esa razón”, indicó.
Por su parte, el decano del Ilustre Colegio de Abogados de Melilla, Blas Jesús Imbroda, explicó el funcionamiento, origen y evolución de la Corte Penal Internacional (La Haya). A la misma pertenecen más de un centenar de Estados miembro de todo el mundo. “El principio de complementariedad es el que rige este organismo”, señaló.

Corte Penal Internacional
A la hora de saber qué tipo de casos son juzgados en los Estados miembro y cuáles en la Corte Penal Internacional, Imbroda explicó que primero tienen que ser estos los que juzguen sus casos “y si no pueden porque no tienen capacidades o no hay garantías para la Corte Penal Internacional” será esta institución la que lo haga. Otro de los supuestos puede ser que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) pida en algún caso concreto para un caso de un Estado no miembro que se juzgue. “Puede ser también que el propio Estado sea el que pida  a esta institución que lo haga, porque no tiene capacidad, seguridad ni medios para hacerlo”, agregó.
Por último, el decano del Colegio de Abogados explicó que “todos los Estados miembro de la Corte Penal Internacional” tienen que incluir en sus legislaciones los tipos penales de esta institución. “España ha tenido que incluir como delito en el Código Penal  el crimen de genocidio, los crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra y, recientemente, también los crímenes de agresión”, destacó.
El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Córdoba Miguel Agudo fue el primer conferenciante de la jornada en la que expuso la relación entre la ciudadanía y la cultura de la Defensa y la seguridad, concretamente, con las Fuerzas Armadas.

Inclusión de la labor del Ejército en la Educación
El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Córdoba Miguel Agudo explicó después de su conferencia en el curso ‘Derecho militar, justicia penal y operaciones de apoyo a la paz’ la importancia de incluir una mención a la Defensa y Seguridad del Estado en la Educación Obligatoria y que actualmente “no se hace lo suficiente”. “Se tendrían que tomar medidas en diferentes ámbitos incidiendo en la Educación Obligatoria en la asignatura de Educación para la Ciudadanía o Educación Cívica en la que haya un tema o una lección en la que dentro de la resolución de conflictos hable de la búsqueda de la seguridad como garantía de la paz y en este punto destaque el papel de las Fuerzas Armadas”, señaló. Todo ello debe estar enmarcado “dentro de un contexto educativo y adecuado a la edad de los menores a la que se dedica la asignatura”. “Es fundamental una asignatura de Educación cívica para generar la cohesión social”, dijo.

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