El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó ayer a España por la devolución en caliente a Marruecos de dos inmigrantes en la valla de Melilla sin ser identificados, lo que “supone una expulsión de carácter colectivo”, contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El fallo unánime concluye que España también vulneró el derecho a un recurso efectivo.
El 13 de agosto de 2014 los inmigrantes fueron esposados y entregados a las autoridades marroquíes “contra su voluntad” y “sin ninguna medida administrativa o judicial previa”.
La sentencia impone una indemnización de 5.000 euros a cada uno de los demandantes, N.D., de Mali, y N.T., de Costa de Marfil, por daños morales. El juez ruso Dmitry Dedov fue el único de los siete miembros de la Sala que votó en contra de la reparación económica.
El tribunal destaca que la versión de los demandantes, apoyada por distintos vídeos, fue corroborada por varios testimonios recogidos por la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR).
Según el fallo, los demandantes fueron expulsados inmediatamente, “sin que antes tuvieran acceso a intérpretes y a una asistencia jurídica que les informara de las disposiciones pertinentes del derecho de asilo o de los procedimientos contra su expulsión”.
Por ello, “fueron privados de toda posibilidad de recurso”, que les hubiera permitido tener acceso a una autoridad judicial y “beneficiarse de un control atento y exhaustivo” de su demanda antes de su devolución.
La Sala de la corte europea incide en que, al descender de las vallas, los demandantes “se encontraban bajo el control continuo y exclusivo de las autoridades españolas”.
N.D. había llegado a Marruecos en marzo de 2013 y acampó durante nueve meses en el campamento improvisado del monte Gurugú, mientras que N.T. llegó a final de 2012 y se alojó en el mismo lugar.
Los demandantes saltaron la valla con un grupo de subsaharianos. El primero descendió de la valla a las dos de la tarde y el segundo lo hizo un hora después. Ambos fueron llevados, junto a otros 80 inmigrantes, a la comisaría de Nador y posteriormente a Fez.
Ambos volvieron a intentar saltar la valla de Melilla en octubre y diciembre de 2014. N.D. fue reenviado a Mali el 31 de marzo de 2015 y la situación actual de N.T. es desconocida.
La sentencia no es firme, y España puede apelar a la Gran Sala de 17 jueces del Tribunal para que revise el fallo de la Sala.
La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos hace referencia a un salto que se registró el 13 de agosto de 2014. Aquel día no solo fueron devueltos a Marruecos los dos inmigrantes a los que hace referencia Estrasburgo. Junto a ellos, hubo varias decenas más que también fueron rechazados. Aquellos subsaharianos permanecieron encaramados a la valla entre 8 y 16 horas. Batieron un récord. Hasta entonces, el subsahariano que más tiempo había aguantado sobre la verja, había estado sentado 10 horas. Fue en abril del mismo año. Aquella semana de agosto fue complicada en la alambrada. En esa jornada lo había intentado 600. El día anterior, el 12 de agosto, otros 750 lo habían intentado en tres asaltos en diferentes puntos de la alambrada. En aquella ocasión alrededor de 80 se quedaron sobre la verja. Pero hubo una diferencia. Tras varias horas sobre la valla, al descender, esta vez no fueron llevados al lado marroquí sino al CETI (Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes). No se explicó por qué la actuación fue diferente a la de otras veces. El día 14 se producía la tercera jornada de intentos. En aquella ocasión sólo uno consiguió su objetivo. Lo intentaron 250. Una quincena se quedó en el lado interior de la alambrada y los ‘mejanis’ los bajaron “a palos”.
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