El Tribunal Superior cree que el jurado popular no deliberó sobre todas las opciones posibles. Considera que el veredicto y la sentencia no están “motivadas”. Cree que también hay elementos objetivos que apuntan a un homicidio imprudente.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el juicio y la sentencia contra Leila Escofet por el asesinato de su bebé, que murió en la Navidad de 2012. Un jurado popular declaró culpable a la joven melillense, de 22 años, de un delito de asesinato tras la celebración del juicio el pasado mes de febrero. Posteriormente, el presidente de la Audiencia impuso a la joven una condena de 17 años, 6 meses y un día por este delito, agravado por la relación de parentesco. Pues bien, los magistrados del TSJA consideran que el jurado popular no pudo deliberar sobre todas las opciones posibles del caso y achaca una “falta de motivación” en el veredicto y la sentencia dictada. Además, apunta que también hay elementos objetivos que apuntan a un homicidio imprudente por parte de Leila Escofet.
En la resolución judicial, dictada el pasado día 14 y a la que ha tenido acceso El Faro, el TSJA argumenta que la falta de motivación observada es “causa suficiente para acordar la nulidad del veredicto y de la posterior sentencia”. Ello implica que el caso vuelva nuevamente a la Sección 7º de la Audiencia para la celebración “de un nuevo juicio, con nuevo jurado popular y nuevo magistrado–presidente”.
Además, los jueces del TSJA consideran que la sentencia contra Leila Escofet “incurre en una falta de motivación incluso agravada por el hecho de acumular argumentos sugerentes de un dolo directo con otros que son sugerentes de imprudencia, como el hecho de decidir dar a luz en la casa y no en un entorno hospitalario”.
¿El bebé nació vivo?
El TSJA afirma que el jurado popular debió deliberar sobre algunas cuestiones de importancia que afectan directamente a la calificación de los hechos. Así pues, afirma que el objeto del veredicto carecía de “la debida precisión y de la necesaria separación de puntos susceptibles de ser declarados probados o no probados”. La defensa de Leila Escofet ya protestó por la redacción del objeto del veredicto y ahora el Tribunal Superior admite esa protesta.
Los magistrados consideran que, por una parte, el jurado popular debió tener la posibilidad de pronunciarse sobre si el bebé nació vivo o no. Este elemento es “decisivo” para considerar si se trata de un delito de asesinato o un homicio por imprudencia. Por otra parte, el jurado popular debió tener oportunidad de deliberar también sobre “qué fue lo que sucedió inmediatamente después del parto”. El tribunal recuerda que Leila Escofet declaró “de manera constante” en el juicio que, tras dar a luz, “tomó en sus manos el cuerpo de la recién nacida, comprobó que no respiraba y que sólo después de esa comprobación procedió a envolver el cuerpo en una toalla”.
Si se toma esta declaración como cierta, matiza el tribunal, “excluiría la calificación del hecho como homicidio doloso o asesinato, llevándolo acaso al homicidio por imprudencia”. Y precisa que esa imprudencia consistiría en “la exposición del bebé al riesgo derivado de no acudir, para el parto, a un centro hospitalario, como en el modo en que dio a luz”.
“En definitiva, el jurado popular debió haber podido pronunciarse de manera directa sobre si, aún en la hipótesis de que hubiese nacido viva, cuando Leila envolvió su cuerpo en una toalla y lo dejó abandonado, la niña vivía todavía o estaba ya muerta”. Este hecho sería independiente, precisa la sentencia, de las intenciones que tuviera la joven parturienta sobre el destino del bebé.
“Esta decisiva cuestión no quedó formulada con la debida claridad en el objeto del veredicto”, concluye el TSJA.
¿Cuál fue la causa de la asfixia?
Los magistrados ponen en relieve que el jurado popular también debió tener la oportunidad de deliberar sobre qué pasó “inmediatamente” después del parto. El TSJA no pone en duda que el bebé murió por asfixia, pero considera que no ha quedado motivado cuál fue la causa de produjo esa asfixia. Es decir, si fue porque Leila Escofet envolvió el cuerpo en una toalla, donde fue hallado cinco días después, o si fue por causas “fisiológicas y endógenas, como determinadas hemorragias que se advirtieron en la autopsia”.
El tribunal explica que el jurado popular declaró culpable a Leila Escofet “por el solo hecho de que el bebé vivió algún instante después del parto (condición necesaria, pero no suficiente) y por no haber pedido auxilio o asistencia para el alumbramiento. Pero no podemos saber cuál es el elemento de convicción que ha llevado al jurado a determinar que Leila fue consciente de que la niña vivía, que estuvo en su mano hacer que siguiera viviendo y que voluntariamente optó por abandonarla a su muerte envolviéndola, viva y desvalida, en una toalla que le obstruiría o dificultaría la respiración, sin que ninguna otra causa de las que habrían podido causarle la muerte (según reconocieron los forenses) hubiese concurrido”.
Los magistrados del TSJA concluyen que lo que se “reprocha” al veredicto es “una falta de motivación que impide saber si la deliberación del jurado contempló o no la posibilidad de que, pese a nacer vivo el bebé, hubiese muerto por causas diferentes al hecho de haber sido envuelto, todavía con vida, en una toalla, y si contempló o no la posibilidad de que, habiendo nacido vivo, estuviese ya muerto o lo pareciera, cuando Leila Escofet lo tuvo en sus manos, antes de envolverlo en la toalla”.
Además, el tribunal admite también la protesta de la defensa de Escofet sobre el modo en el que se discutió sobre el objeto del veredicto, frente al jurado popular, cuando el artículo 53.1 de la Ley de Tribunal de Jurado exige que se haga “sin presencia de los miembros del jurado” para que el debate sobre el documento entre abogados, fiscal y juez no les influya.
Leila Escofet podría salir en libertad
Previamente a la celebración de la vista en el TSJA del recurso contra la sentencia de la Audiencia, la abogada defensora de Leila Escofet solicitó la libertad para la joven. Pero el tribunal, por el momento, únicamente ha resuelto el recurso contra la sentencia. Entre hoy y mañana, los magistrados del Tribunal Superior de Andalucía podrían notificar su decisión de si la joven melillense puede salir de prisión o no. Los abogados defensores de Leila, su madre y su padrastro declinaron pronunciarse sobre la sentencia del TSJA hasta estudiar en profundidad la misma, dijeron a El Faro.
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