La Sala Segunda del tribunal revoca la sentencia a dos años y medio de cárcel al estimar que se vulneró su presunción de inocencia.
El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de dos años y medio de prisión a la que fue condenada la melillense Leila Escofet, a quien se acusaba del homicidio imprudente de su bebé recién nacido. En el juicio celebrado a comienzos de 2015 en la Audiencia Provincial de Málaga con sede en Melilla, Escofet fue declarada culpable por un jurado popular, sentencia que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en septiembre del mismo año.
La sentencia que el Supremo ha invalidado señalaba que la acusada dio a luz en el baño de su vivienda a un bebé "que nació con vida" y añadía que la madre "provocó involuntariamente su muerte al no dispensarle cuidado alguno".
El máximo tribunal, basándose en informes periciales forenses, proclama que no puede afirmarse que el fallecimiento del bebé se debiera a una "conducta omisiva" de la acusada y que el veredicto del jurado "vulnera su presunción de inocencia".
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