Frontera e Inmigración

El Ministerio de Sanidad notificó el 19 de mayo las limitaciones al tráfico de mercancías en régimen de viajeros

El Boletín Oficial del Estado (BOE) no ha publicado este miércoles la lista de los productos -con sus cantidades correspondientes- que pueden entrar a Melilla a través de la frontera de Beni Enzar.

Sin embargo, existe un documento que fue lanzado ya por la Dirección General de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Sanidad, el pasado día 19 de mayo.

En él sí que se establecen los límites precisos en cada caso, que son los que en su momento anunció la delegada del Gobierno, Sabrina Moh, quien hace unos días, además, contestó al respecto al presidente de Coalición por Melilla (CpM), Mustafa Aberchán, ante sus amenazas de acudir a los tribunales.

Así, queda establecido en dos kilos el máximo para hierbas y plantas aromáticas, condimentos y especias, infusiones y complementos alimenticios. Se pueden pasar hasta cinco kilos de productos compuestos que no contienen productos cárnicos ni lácteos, que no sean derivados de calostro ni estables a temperatura ambiente. Por último, se fija en diez kilogramos el máximo permitido para el resto de los productos.

Cabe especificar que, en el caso de los envíos de mensajería y de correo postal, la cantidad máxima se refiere al envío o al paquete. Si hablamos de transporte a pie o en autocar, el límite se establece por equipaje o viajero. Finalmente, si se trata del transporte en un vehículo particular, esa es la cantidad máxima que se puede llevar en dicho automóvil.

Todos estos productos son de origen no animal. En el caso de los productos que sí que tienen su origen en un animal y de los que contienen productos cárnicos, lácteos o derivados de calostro y que no son estables a temperatura ambiente, su entrada a la ciudad, independientemente de su cantidad,estará vinculada a varios requisitos.

Así, los controles de entrada a Melilla o Ceuta verificarán que los productos cumplan las condiciones de salud pública y de sanidad animal para su introducción o importación, que vengan acompañados del correspondiente certificado sanitario firmado por la autoridad de origen, que se introduzcan a través de un recinto habilitado y que se sometan a controles sanitarios de forma previa a su introducción por los servicios de inspección de Sanidad Exterior.

Al no haber aduana, el texto resalta que se ha de tratar de “operaciones desprovistas de todo carácter comercial”. En este sentido, el Ministerio especifica que las importaciones en Melilla deben tener “un carácter ocasional”. Además, las mercancías deben estar reservadas “exclusivamente” para uso personal o familiar de los viajeros, a no ser que estén destinados a ser ofrecidos como regalo y, por lo tanto, para ser entregadas sin pago de ninguna clase, “sin que por su naturaleza o su cantidad pueda presumirse su afectación a una actividad empresarial o profesional ni reflejen intención alguna de carácter comercial”. De la misma forma, no puede tratarse de mercancías “cuya importación esté prohibida o no se considere segura”.

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