El Ministerio de Educación crea el distintivo de calidad ‘Sello Escuela 2.0’

La acreditación pretende premiar  la aplicación de las Nuevas Tecnologías a la Enseñanza.

El Ministerio de Educación ha creado el distintivo de calidad ‘Sello Escuela 2.0’, según lo recoge el Boletín Oficial del Estado de ayer.

Este distintivo de calidad tiene la finalidad de reconocer públicamente el compromiso de una empresa o entidad o una vinculación de un producto y servicio con el desarrollo y mejora de la calidad educativa mediante el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

Este distintivo podrá ser concedido a cualquier empresa o entidad pública o privada que asuma un compromiso firme e inequívoco con el desarrollo y mejora de la calidad educativa mediante el uso de las TIC, así como a productos y servicios susceptibles de comercialización que sirvan a dichos objetivos.

Se entenderán que contribuyen a la mejora de la calidad educativa mediante el uso de las nuevas tecnologías, las empresas y entidades que participen en el desarrollo del programa ‘Escuela 2.0’, y en concreto, las que persiguen algunos de estos fines: desarrollar nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general con el objetivo de mejorar la calidad de la enseñanza y acelerar la asimilación, adopción y utilización, por parte de los estudiantes y profesores, de las herramientas de la Sociedad de la Información como elemento habitual del entorno en todas sus facetas.

Otro de los retos es facilitar a los niños con dificultades de aprendizaje la utilización de contextos educativos con las nuevas tecnologías en los que encuentren entornos adaptados a sus características y estilos de aprender o desplegar operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a entornos educativos, con las especificidades particulares de cada entorno.

Las solicitudes para la concesión de este distintivo deberán entregarse en el registro del Ministerio de Educación o por cualquiera de los medios establecidos por la Ley 30/92, debiendo acompañarse del informe favorable de la Consejería de las Comunidades o Ciudades Autónomas o de las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación en su ámbito de gestión y de una memoria técnica que describa el producto o servicio para el que se solicita el distintivo.

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