El Boletín Oficial del Estado (BOE) del jueves 22 de junio ha publicado el extracto de la resolución de 15 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla a participar en el Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, el Avance y el Enriquecimiento Educativo PROA+ 2023- 2024, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
El Programa está dirigido a los centros de Educación Primaria y Educación Secundaria sostenidos con fondos públicos que impartan todas las etapas consideradas o parte de ellas, y tengan un porcentaje mínimo del 30% de alumnado vulnerable en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Básica y Enseñanzas de Secundaria Posobligatorias.
El destinatario último de este programa es el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Básica y Enseñanzas de Secundaria Posobligatoria de dichos centros, con atención a los más vulnerables educativamente, entendiéndose como tales los que presenten necesidades asistenciales, escolares, necesidades socioeducativas, necesidades educativas especiales, altas capacidades, dificultades específicas de aprendizaje, incorporación tardía en el sistema educativo, dificultades para el aprendizaje por necesidades no cubiertas. Todas ellas barreras que condicionan, potencial o efectivamente, las posibilidades de éxito educativo del alumnado.
El objetivo final del programa PROA+ es el fortalecimiento de los centros sostenidos con fondos públicos que presentan una mayor complejidad educativa con la finalidad de mejorar los resultados escolares de todo el alumnado, especialmente de los más vulnerables.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional destinará a este Programa 483.200,00 euros para el año 2023.
La cuantía máxima del crédito que podría librarse a cada centro seleccionado sería de quince mil cien euros, para dar cobertura a los gastos derivados de las actividades palanca incluidas en el anexo I, así como para los recursos didácticos o material fungible necesarios. Dichas actuaciones se llevarán a cabo dentro del periodo de aplicación establecido, comenzando el 1 de septiembre del 2023 y finalizando el 31 de agosto del 2024. Los centros que han participado en el programa durante los cursos 2021/22 y 2022/23 serán considerados prioritarios para continuar en el programa, presentarán un Plan de Actividades Palanca derivado del Plan Estratégico de Mejora, según Anexo III de la resolución, realizado durante el primer curso y de la experiencia en la aplicación del PAP durante el segundo curso, cuando corresponda. Este Plan de Actividades Palanca deberá sustanciarse en el contrato/programa mediante una adenda.
La cuantía de la ayuda que asignada a cada centro será variable de acuerdo con las prioridades y objetivos de este programa, y de acuerdo con la complejidad, la dimensión, las actividades palanca que se van a desarrollar por los centros así como de las prioridades y objetivos de este Programa, para la consecución de su finalidad última que es mejorar los resultados escolares de todo el alumnado del centro, en especial de los más vulnerables.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial del Estado.
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