Esta semana se notificó sentencia de condena para el conductor que atropelló a Carlos Huelin, al que le han caído cuatro años de prisión por un delito de homicidio imprudente. El letrado que representa a la familia de la víctima, Nayim Mohamed, aseguró ayer a El Faro que no está de acuerdo con el fallo dictado por la titular del Juzgado de lo Penal número 2. Confirmó que en los próximos días, dentro del plazo de los diez días que tiene desde la publicación de la resolución, presentará un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
El letrado, que actúa como acusación particular en este caso, pidió en el juicio que el inculpado fuese condenado a nueve años de prisión. Además del delito de homicidio imprudente, pedía para el un delito de conducción temeraria, además de otro de omisión del deber del socorro. En total, pidió nueve años de prisión para en autor del mortal atropello. Según apuntó Mohamed en declaraciones a El Faro, su intención es que la Audiencia anule la sentencia y reconsidere la condena. “Está muy claro que hubo delito de omisión del deber del socorro desde el mismo momento en que se va del lugar”, manifestó el abogado.
La magistrada desestima en su sentencia que este delito tuviera lugar. Alega que la víctima murió casi inmediatamente tras el impacto y que, además, el accidente se produjo en un lugar concurrido. “Este delito se basa en el principio de solidaridad, que es algo tan básico como socorrer o interesarse en el estado en que se encuentra la víctima”, manifestó al respecto el letrado de la familia Huelin.
Por su parte, Mohamed también lamentó que no se hubiera hecho caso a su petición de condena por un delito de conducción temeraria, por el que pedía cinco años de prisión. “Esta persona, a sabiendas del estado de embriaguez en el que se encontraba, cogió el vehículo y se puso en la carretera, con el riesgo que eso conlleva para la vida de terceros”, apuntó el letrado.
A su parecer, la magistrada interpretó erróneamente la declaración de uno de los agentes de la Policía Local que declaró en la vista, celebrada el 19 de abril. “Lo que dijo este funcionario en el juicio es que, como mínimo, el individuo conducía a una velocidad de 60 kilómetros por hora, no que esa fuera la velocidad a la que circulaba”, recalcó el letrado.
El abogado también lamentó que la Fiscalía de Melilla no hubiera mantenido la misma calificación jurídica que en su primer escrito. “En el inicio también pedía condena por omisión del deber de socorro, e incluso por lesiones dolosas”, apuntó Mohamed. “Cuando cambió la fiscal del caso se cambió la calificación: se ha pedido lo mínimo, que era el delito de homicidio por imprudencia”, valoró.
Sobre las 9:15 horas del 5 de marzo de 2017 el condenado circulaba con su todoterreno en sentido ascendente por la calle Méjico después de haber ingerido bebidas alcohólicas. “Como consecuencia de dicho estado, que le impedía prestar la más elemental atención a las exigencias del tráfico, embistió con su vehículo a Juan Carlos Huelin”. Así lo describe la magistrada del Penal 2 en el apartado de hechos probados de la sentencia.
La víctima, que circulaba correctamente con su bicicleta por el margen derecho de la calzada, salió despedida y terminó chocando con una señal de tráfico y posteriormente con la pared de un edificio. El inculpado se dio “a la huida, dejando el cuerpo del ciclista en el suelo, inconsciente, sin prestarle auxilio y sin bajar a comprobar su estado”, relata la juez en su resolución. “Como consecuencia del atropello, el ciclista resultó con lesiones gravísimas, incompatibles con la vida, que motivaron su fallecimiento a causa de un traumatismo cráneo encefálico y cervical”, apunta.
El autor del atropello está en prisión provisional desde el 6 de marzo de 2017.
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