Categorías: Tribunales y Justicia

El Juzgado de lo Social decidirá sobre la legitimidad de la Patronal melillense

El primer juicio para echar abajo el acuerdo entre la CEME y los sindicatos de Melilla para el reparto de las bonificaciones a la Seguridad Social queda visto para sentencia.

El Juzgado de lo Social tendrá que dirimir si la Confederación de Empresarios de Melilla (CEME) tiene legitimidad para firmar acuerdos que vinculen a todas las empresas que desarrollen su actividad en Melilla y si el acuerdo que firmó el 26 de diciembre de 2012 con los sindicatos CCOO y UGT para el reparto de las bonificaciones a la Seguridad Social entre empresario y trabajador es válido. El primer juicio a causa de la demanda presentada por la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad (Aproseg) contra el citado acuerdo quedó ayer visto para sentencia ayer después de casi dos horas de exposición de cada parte. Los letrados de la representación de sindicatos y Patronal defendieron a ultranza el acuerdo para el reparto de las bonificaciones y solicitaron la desestimación íntegra de la demanda de Aproseg, a la que pertenece Eulen.
El abogado de esta asociación profesional insistió en que la Patronal melillense no tiene legitimidad para firmar un acuerdo que vincule a empresas a las que no representa. “La CEME no tiene representación para empresas que están fuera de su nivel o de otras asociaciones, como la de seguridad privada, por lo que no tiene una legitimación plena”, sostuvo. Además, ante la insistencia y referencia directa de los tres abogados, de la CEME, de CCOO y la UGT, a Eulen como autora de esta demanda, el letrado se preguntó “¿Qué pinta Eulen aquí? Yo represento a Aproseg”.
El abogado de Aproseg concluyó su exposición recalcando que la demanda quiere impugnar el acuerdo para el reparto de las bonificaciones a la Seguridad Social de Melilla. Y es que, los letrados de CEME, CCOO y UGT, sostuvieron en todo momento que el contenido de la demanda de Aproseg hacía constante referencia al acuerdo similar firmado en Ceuta, pero no al de Melilla.  En todo caso y a pesar de la aclaración, el letrado de la asociación profesional estimó que si el juez considera que sí existe tal error en el contenido de la demanda, solicitaría los 4 días estipulados para la “subsanación de errores”.

La defensa de la Patronal
Los abogados de la parte demandada, CEME, CCOO y UGT, pusieron énfasis en que el contenido de la demanda presentada por Aproseg se refería al acuerdo para el reparto de las bonificaciones firmado en Ceuta el 4 de enero de 2012, mientras que lo cierto es que el acuerdo no se firmó en Melilla hasta el 27 de diciembre de ese mismo año y se ratificó en enero de 2013.
Además, pusieron de relieve algunas “incongruencias” y cuestiones que “no tienen nada que ver con nosotros”, sin pasar por alto las “confusiones” entre la naturaleza de lo que es el plus de residencia y el reparto de las cuotas patronales.
La abogada de la CEME argumentó que si bien los acuerdos de Melilla y Ceuta tratan sobre lo mismo, las condiciones y detalles del reparto de las bonificaciones son “completamente distintas”.
En cuanto a la falta de legitimidad que Aproseg considera que no tiene la CEME, su letrada sostuvo que en el acuerdo las tres partes implicadas reconocen la legitimidad y la representatividad que ostentan para negociar y firmar el acuerdo para el reparto de las bonificaciones, por lo que sería “ilógico” y “una temeridad”, que alguno de los participantes no tuviera esa capacidad y plasmara su firma en el convenio.
Además, señaló que el acuerdo tiene un carácter “interprofesional” en virtud del artículo 83 del Estatuto General del Trabajador, que otorga a este acuerdo “la fuerza y naturaleza jurídica equiparándole a un convenio colectivo”, algo que únicamente puede ser válido por entes con esa legitimidad y representatividad que se exige.

El convenio de seguridad privada
El abogado de Aproseg utilizó como uno de los argumentos para invalidar el acuerdo melillense para el reparto de las bonificaciones que éste no se incluyó ni se tuvo en cuenta en la firma del convenio colectivo nacional para el sector de la seguridad privada.
Los letrados de CCOO, UGT y la Patronal coincidieron en recalcar que ese motivo no tiene peso suficiente como para invalidar el acuerdo adoptado en Melilla, puesto que una de las empresas que pertenece a Aproseg, Eulen, “está perfectamente arraigada en Melilla” y por ello “sabía” de la existencia y vigencia del acuerdo, que se ratificó tan sólo dos meses antes del convenio colectivo estatal de seguridad privada.
Por ello, aunque los sindicatos que rubricaron ese convenio estatal no informaron del acuerdo melillense, Eulen tampoco lo hizo aún sabiéndolo, dado el arraigo que tiene en la ciudad autónoma. La abogada insinuó cierta ‘mala fe’ para solicitar la nulidad de un acuerdo “plenamente” legítimo y válido jurídicamente. También apeló al artículo 7 del Código Civil, que presume “buena fe” en el ejercicio de los derechos recogidos en el ordenamiento jurídico español.
Además, ese mismo artículo en su segundo apartado recoge expresamente: “Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice, sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso”.
Tras las exposiciones, las partes aportaron nueva documentación al caso para que el juez la tenga en cuenta en su valoración. La aportación más llamativa fue la de la letrada de la CEME, quien repartió cinco ficheros en los que se incluyen el acuerdo de Melilla, el de Ceuta y los textos legales y normativos respecto de la Seguridad Social referidos a las bonificaciones. Tras esto, el juicio quedó visto para sentencia.

Mañana, segundo juicio por la demanda de la Limpieza

El Juzgado de lo Social celebrará mañana miércoles el segundo juicio contra la CEME y el acuerdo que firmaron con los sindicatos CCOO y UGT para el reparto de las bonificaciones a la Seguridad Social. Este juicio responde a la demanda presentada por la Asociación Profesional de Empresas de la Limpieza (Aspel), en la que impugna el convenio colectivo del sector firmado en diciembre del año pasado en el que se incluyó el acuerdo para el reparto de las cuotas patronales melillense. Además,  el pasado junio el Juzgado de los Social de Melilla reconoció el derecho de los trabajadores de FCC de limpieza del CETI a percibir su parte de la bonificación patronal.

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