El objetivo es que en todos los centros sanitarios se sigan los mismos criterios en la elaboración
El Defensor del Pueblo recomendó al Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa) establecer un modelo de parte de lesiones que incluya unos datos “mínimos”. En su informe anual, la institución dirigida por Soledad Becerril apunta que tras realizar varias visitas a lugares de privación de libertad se ha observado que en los partes de lesiones por parte de técnicos externos, especialistas en medicina legal y forense, en psiquiatría y en psicología, en muchas ocasiones no se describían adecuadamente el tipo de lesión, la forma, sus dimensiones, su localización exacta y demás características que permitieran posteriormente establecer cómo se había producido. Incluso, apunta la institución en su informe, en algunos casos se ha observado que en los partes de lesiones no se describe la forma en que el lesionado refiere que se produjeron las lesiones, “resultando imposible constatar la consistencia de lo manifestado por el privado de libertad y lo observado por el médico”.
Como consecuencia de este análisis previo, el Defensor del Pueblo realizó una serie de recomendaciones para aplicarlas en nuestra ciudad y en Ceuta. Entre ellas, indica que deben dictarse unas instrucciones a todos los servicios médicos para que se siga un protocolo de actuación unificado. En concreto, señala que los funcionarios que presten servicio en estos centros médicos deben cumplimentar el parte. El documento tiene que entregarse directamente y sin intermediarios a la persona interesada, el juzgado de guardia y, en su caso, al juzgado que controla la privación de libertad. El Defensor del Pueblo añade que esta remisión tiene que hacerse sin demora con el fin de que la intervención del médico forense, que es quien realizará el informe que debe ayudar al juez a determinar el origen y las consecuencias de las lesiones, no se haga de forma muy tardía cuando estas lesiones ya hayan desaparecido.
Asimismo, en el informe se indica que el parte de lesiones no se entregue a las personas que custodian al detenido y en el caso de que se haga, este documento vaya en un sobre cerrado, sellado y convenientemente dirigido a la autoridad judicial. Se contemplan, eso sí, algunas excepciones en el caso de que esté acreditado que es necesario la prevención de un peligro real y grave para la seguridad pública o para la represión de infracciones penales, que sean “absolutamente necesarios para los fines de una investigación concreta”.
Revisiones sin custodia
Además, la institución presidida por Becerril indica que las entrevistas médicas con personas privadas de libertad se realizarán siempre en privado, sin que haya personal de custodia presente en el área médica ni en zonas de alcance visual o auditivo a la interacción entre médico y detenido. El paciente tendrá que estar libre de restricciones físicas (grilletes u otro tipo de contenciones) excepto cuando existan sospechas justificadas de riesgo, en cuyo caso el médico podrá acordar con el detenido realizar la exploración dejando constancia escrita en el informe de las circunstancias en las que esta se ha producido. Es decir, si había presencia policial, otras personas o algún tipo de restricción física.
El Defensor del Pueblo indica en su informe que tras remitir estas recomendaciones a los responsables del Ingesa de las dos ciudades autónomas está a la espera de una respuesta al respecto. La decisión se publicará en el estudio del próximo año.
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