Educación publica los requisitos para la nueva baremación de los alumnos

Entre las condiciones que se tendrán en cuenta para la asignación de centro educativo a alumnos de nuevo ingreso se encuentra la de la renta de cada una de las familias.

El Ministerio de Educación ha hecho público en el Boletín Oficial del Estado de ayer, los requisitos y las condiciones para la admisión de nuevos alumnos en Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato.

La Orden ministerial afectará tanto a la Ciudad Autónoma de Melilla como a la de Ceuta y entre los requisitos para la admisión se encuentran algunos como que para ser admitido en un centro docente público o privado concertado será necesario reunir los requisitos de edad y, en su caso, los académicos exigidos por el ordenamiento jurídico vigente para la enseñanza.

La solicitud de admisión deberá presentarse siempre y cuando se trate de la iniciación de enseñanzas en un centro sostenido con fondos públicos, cambiar de un centro a otro para cursar la misma enseñanza o cuando se seleccione un centro de Educación Primaria o Secundaria distinto a aquél en el que se haya obtenido plaza.

Para los supuestos en los que no se obtenga reserva por no existir plazas suficientes en el centro de adscripción también se recurrirá a la solicitud de admisión.

Las plazas se adjudicarán en función dependiendo de varios criterios: cuando no existan plazas suficientes en el centro para atender a la demanda, se tendrá en cuenta la existencia de hermanos matriculados o padres o tutores que trabajen en el centro, la proximidad del domicilio o lugar de trabajo de alguno de los padres, las rentas anuales y la concurrencia de discapacidad en el alumno.

Para los cambios de centro formativo en el caso de estudiantes de Bachillerato, además de los criterios anteriores se atenderá al expediente académico del alumno en cuestión.

El Ministerio de Educación ha hecho público en el Boletín Oficial del Estado de ayer, los requisitos y las condiciones para la admisión de nuevos alumnos en Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato.La Orden ministerial afectará tanto a la Ciudad Autónoma de Melilla como a la de Ceuta y entre los requisitos para la admisión se encuentran algunos como que para ser admitido en un centro docente público o privado concertado será necesario reunir los requisitos de edad y, en su caso, los académicos exigidos por el ordenamiento jurídico vigente para la enseñanza.La solicitud de admisión deberá presentarse siempre y cuando se trate de la iniciación de enseñanzas en un centro sostenido con fondos públicos, cambiar de un centro a otro para cursar la misma enseñanza o cuando se seleccione un centro de Educación Primaria o Secundaria distinto a aquél en el que se haya obtenido plaza.Para los supuestos en los que no se obtenga reserva por no existir plazas suficientes en el centro de adscripción también se recurrirá a la solicitud de admisión.Las plazas se adjudicarán en función dependiendo de varios criterios: cuando no existan plazas suficientes en el centro para atender a la demanda, se tendrá en cuenta la existencia de hermanos matriculados o padres o tutores que trabajen en el centro, la proximidad del domicilio o lugar de trabajo de alguno de los padres, las rentas anuales y la concurrencia de discapacidad en el alumno.Para los cambios de centro formativo en el caso de estudiantes de Bachillerato, además de los criterios anteriores se atenderá al expediente académico del alumno en cuestión.

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