Educación convoca las ayudas para material didáctico del próximo curso

Podrán beneficiarse de esta iniciativa todos los alumnos matriculados en cualquier curso de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

El Ministerio de Educación publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de ayer la convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático destinados a alumnos de centros sostenidos con fondos públicos de la Ciudad Autónoma.

Estas ayudas, que estarán otorgarán durante el próximo curso académico, amplían el número de familias que se han beneficiado de este tipo de iniciativas.

La convocatoria  recoge un total de 5.176 ayudas para libros de texto y material didáctico e informático por un importe de 543.480,00 euros para los alumnos matriculados en cualquier curso de Educación Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria.

La cuantía individual máxima de las ayudas será de 105 euros, teniendo preferencia para la adjudicación de las ayudas quienes obtuvieron una de las ayudas para adquisición de libros de texto y material didáctico e informático convocadas por el Ministerio de Educación en el curso académico 2009-2010, siempre que promocionen al curso siguiente y no cambien de nivel educativo, adjudicándose el resto de las ayudas por orden inverso de magnitud de renta per cápita de la familia del solicitante.

Los interesados que no dispongan de certificado de firma, podrán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: https://sede.educacion.gob.es a través del enlace ‘Trámites y servicios’’ accediendo a la opción ‘entrar en el sistema sin certificado digital’. Una vez cumplimentada se obtendrá un impreso oficial de la misma en soporte papel con el fin de, una vez firmado, presentarlo en el centro docente donde el solicitante vaya a quedar matriculado para el curso académico 2010-2011.

El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el día 16 de septiembre de 2010, inclusive.  Los padres, tutores o representantes legales del alumnado solicitante podrán autorizar al director del centro en que esté matriculado el alumno beneficiario para que este último perciba la ayuda a través de la cuenta corriente de dicho centro.

La citada autorización deberá manifestarse por escrito en el espacio del impreso de solicitud reservado al efecto y ser firmada por la persona que ostente la patria potestad del menor beneficiario de la ayuda.

La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización al Ministerio de Educación, para obtener los datos necesarios para determinar la renta a efectos de beca a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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