El juez titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla ha condenado a un individuo a diez meses de prisión por “lanzar patadas y puñetazos” contra dos agentes de la Policía Local, aunque no llegó a agredirlos. Según se recoge en la sentencia, a la que ha podido acceder El Faro, también los amenazó de muerte: “Cuando os vea en Marruecos, os voy a matar a los dos”, fue lo que les dijo cuando ya estaba en el interior del vehículo policial.
El juez considera probado que el 31 de marzo de 2017, sobre las 00:15 horas, dos agentes de la Policía Local pidieron la documentación al procesado cuando se encontraba en la plaza Primero de Mayo de Melilla. El encausado les dijo que no la llevaba encima, por lo que los funcionarios lo llevaron a su domicilio, en la calle del Viento.
“Una vez en dicho domicilio, el acusado, con el fin de evitar ser identificado y con manifiesto desprecio al principio de autoridad, se dirigió a uno de los agentes, increpándole y amenazándole”, afirma el juez en la sentencia. “Lejos de deponer su actitud ante la advertencia de los policías, persistía en la misma haciendo aspavientos, lanzando patadas y puñetazos contra ellos sin llegar a agredirles”, continúa relatándose. Tras ser detenido y conducido al vehículo policial, el procesado trató de amedrentarlos.
En el juicio, que tuvo lugar el pasado día 16, el encausado explicó que mostró una fotografía de su documentación que tenía en su móvil cuando la Policía lo requirió para que exhibiese su documento de identidad. Luego, fue a su casa junto con los agentes para mostrales la documentación original.
Negó los hechos
El hombre negó ante el juez que hubiera amenazado o insultado a los funcionarios, insistiendo en que ni siquiera hablaba español. También aseguró que no los agredió en ningún momento. Según su versión, fueron los agentes quienes le pegaron a él cuando iban de camino al centro de salud.
El día del juicio también declaró la mujer del procesado, quien expuso que su marido llegó al domicilio en un vehículo policial y que se comportó adecuadamente en todo momento.
Finalmente, testificaron los dos agentes de la Policía Local. Ambos coincidieron al señalar que el encausado tuvo una buena actitud hasta que, después de mostrarles la documentación, a uno de los agentes se le cayera al suelo el mechero que le habían retirado como medida de seguridad antes de subir al vehículo policial para llevarlo a su casa. Según relataron, fue en ese momento cuando el procesado, sin razón alguna, se puso muy nervioso, comenzó a hacer aspavientos y luego trató de huir.
De acuerdo con lo que contaron en el juicio, lograron detenerlo, aunque él se resistió activamente, por lo que se produjo un forcejeo, mientras los amenazaba de muerte. Tras el incidente, lo llevaron al centro de salud por si había sufrido algún tipo de lesión.
Ausencia de resentimiento
Para el juez, las declaraciones de las víctimas se caracterizan por la ausencia de cualquier móvil de resentimiento o enemistad, la persistencia y la coherencia. En cambio, consideró que la versión de los hechos dada por el acusado estaba únicamente respaldada por la declaración de su mujer. “Tiene un claro interés en la absolución de su esposo”, razonó el titular del Penal 1.
La fiscal reclamó para el encausado la pena de doce meses de cárcel, pero el juez rebajó la condena a diez meses por un delito de resistencia. Le ha concedido la suspensión del ingreso, lo que es posible cuando el acusado carece de antecedentes penales y la pena impuesta es inferior a dos años. No podrá delinquir por un periodo de cuatro años. De lo contrario, se le revocaría la suspensión y sí iría a la cárcel. La sentencia todavía no es firme.
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