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Detenida por denunciar el falso robo de su móvil de alta gama por 2 menores

La Policía Nacional ha detenido a una joven de 23 años como presunta autora de un delito de simulación de delito, después de acudir a la Jefatura Superior de Policía para denunciar que dos menores extranjeros no acompañados le habían robado su teléfono móvil de alta gama, valorado en 1.100 euros.

En una nota de prensa, la Jefatura Superior de Policía de Melilla ha informado de que los hechos ocurrieron el pasado 14 de mayo, cuando la joven denunció en comisaría que dos menores de los acogidos en la ciudad la abordaron por detrás y le arrebataron de un fuerte tirón el teléfono móvil de alta gama que llevaba, y aportó variados detalles de los presuntos autores.

El Grupo de Delincuencia Urbana (GDU) se hizo cargo de la investigación de los hechos y, por su dilatada experiencia y conocimiento de la casuística de este tipo de delitos que se cometen en Melilla, inmediatamente detectó incongruencias en el relato de la denunciante, por lo que fue citada para que compareciera de nuevo.

En esta citación, quedó suficientemente probado que el hecho denunciado nunca había ocurrido, por lo que fue detenida en ese momento como presunta autora de un delito de simulación de delito.

Tras ser oída en declaración, asistida por una abogada de oficio y, en virtud de su actitud colaboradora, la carencia de antecedentes desfavorables y la localización exacta de su domicilio, fue puesta en libertad con cargos, con la obligación de comparecer ante la autoridad judicial en cuanto fuera requerida.

La Policía recuerda que este tipo de denuncias falsas, cometidas con la intención de lucrarse en perjuicio de la compañía aseguradora, en ocasiones mal aconsejadas por familiares y/o amistades, requieren la dedicación de recursos policiales para su investigación, recursos que podrían ser empleados en la averiguación de delitos que sí se han cometido en realidad.

La Policía Nacional recuerda que interponer una denuncia falsa constituye un delito previsto en el artículo 457 del Código Penal, que contempla una pena de multa de seis a doce meses.

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