El director provincial del Ministerio de Educación y Formación Profesional en Melilla, Juan Ángel Berbel, ha anunciado que se destinarán hasta 119.416.800 euros para financiar acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras.
De acuerdo con Berbel, esta convocatoria, cuyas bases reguladoras han sido publicadas en el Boletín Oficial de Estado, busca "la capacitación progresiva" para lograr "la necesaria cualificación y recualificación en las nuevas competencias emergentes que facilite el acceso, el mantenimiento y el progreso en el empleo", así como "el desarrollo económico y el aumento de la competitividad y la productividad de las empresas".
Además, después de que la Encuesta de Población Activa del último trimestre de 2021 señalara que casi la mitad de la población activa en España carece de una acreditación formal, el directivo ha puesto en valor la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, que regula un régimen de formación y de acompañamiento profesionales que, sirviendo al fortalecimiento, la competitividad y la sostenibilidad de la economía española, sea capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida.
Por ende, las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria financiarán programas de formación desarrollados por las entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas e inscritas para la impartición de los certificados de profesionalidad que solicitan, o agrupaciones que dispongan de instalaciones debidamente acreditadas e inscritas, que permitan la impartición de las acciones formativas, ya sea en la modalidad presencial, como en la de teleformación o mixta, y destinadas a personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas.
Al mismo tiempo, los anexos de la convocatoria recogen como áreas prioritarias las de hostelería y turismo, automoción, tecnologías de la información y la comunicación, industria audiovisual, industria agroalimentaria y cadena de consumo, rehabilitación energética y sostenibilidad de edificios, energías renovables, máquina-herramienta automatizada y robótica, internacionalización de empresas, emprendimiento, innovación, desarrollo tecnológico de procesos productivos, apoyo a la transición digital y a la transición verde, actividades industriales, comercio minorista, y construcción y logística.
Dentro de los tres tipos de programas de formación que establece esta convocatoria, hay una primera línea que se refiere a la formación vinculada a certificados de profesionalidad, ofertados en su totalidad o de manera parcial y con carácter modular. La misma está dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas y constituida por programas sectoriales y transversales de formación, así como para trabajadores autónomos o a entidades de economía social.
Mientras, una segunda arista se centra también en la formación para trabajadores con empleo, a través de acciones formativas específicas vinculadas a certificados de profesionalidad, ofertados en su totalidad o de manera parcial y con carácter modular, para responder a las necesidades de cualificación detectadas por empresas.
Por último, la tercera modalidad tiene que ver con la formación dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y está conformada por programas de formación específicos vinculados a certificados de profesionalidad, ofertados en su totalidad o de manera parcial y con carácter modular.
Ahora, los programas de formación que se financien al amparo de esta convocatoria, se podrán ejecutar hasta el 31 de diciembre del año siguiente al de la fecha de notificación a las entidades beneficiarias de la resolución de concesión de la subvención.
Por otro lado, ha trascendido que en los programas de formación organizados por las entidades beneficiarias, podrán participar los trabajadores ocupados que prestan sus servicios retribuidos en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones públicas y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
También podrán ser beneficiados los trabajadores ocupados fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, personas que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo o personas afectadas por medidas de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o derivadas de fuerza mayor en sus periodos de suspensión de empleo o reducción de jornada de trabajo.
Asimismo, los trabajadores autónomos podrán intervenir en los programas sectoriales correspondientes a su ámbito de actividad, así como en los programas transversales dirigidos específicamente a trabajadores autónomos contemplados en las convocatorias reguladas en estas bases.
Igualmente se incluye el personal al servicio de las Administraciones públicas; los cuidadores no profesionales que atiendan a personas en situación de dependencia siempre que las acciones formativas en las que participan sean de la familia profesional de Sanidad o de Servicios Socioculturales y a la Comunidad; o las personas trabajadoras en situación de desempleo, inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo.
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