Tribunales y Justicia

Desestiman el recurso de la Ciudad contra la sentencia que anulaba el suspenso de un opositor a Policía Local

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y Melilla ha desestimado el recurso de apelación promovido por la Ciudad contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Melilla que anulaba la resolución del Gobierno local en la que se declaraba no apto en la prueba de entrevista psicológica a un aspirante a las oposiciones a Policía Local que arrancaron en 2015.

La sentencia, a la que ha tenido acceso El Faro, fue notificada ayer. Antonio Suárez Valdés, abogado del aspirante a policía, recordó ayer en un comunicado que en su día el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Melilla estimó el recurso interpuesto por un aspirante a Policía Local que había sido declarado no apto en la prueba de entrevista y “que ha sido el desencadenante de una larga cadena de reclamaciones contra la Ciudad Autónoma por el mismo motivo y en diferentes convocatorias de acceso a puestos de la administración, tales como Policía o Bomberos”.

En esa sentencia inicial el juzgado estimó la pretensión del recurrente “al entender que en el expediente no costaban ni las preguntas formuladas al opositor, ni las respuestas que este dio, sino unos formularios estereotipados rellenados, sin el menor rigor, por los especialistas asistentes del Tribunal de selección”. También se apuntaba que en el expediente “tampoco aparecerían referidos los criterios de valoracion cualitativa para la iniciación del juicio técnico, de cara a valorar los factores de la personalidad del aspirante” ni se expresaba por qué la aplicación de esos criterios “conduce necesariamente al resultado que se otorga a unos candidatos en relación con los demás”.

“Prueba subjetiva”

Para el letrado, la sentencia que se hizo pública ayer “era la crónica de una muerte anunciada”. Según el abogado Suárez Valdés, “desde hace ya varios años”, se viene detectando cómo la prueba de entrevista psicológica desarrollada en algunos de los procesos selectivos desarrollados por la Ciudad “venía sirviendo para despojar de sus posiciones en los concursos de acceso a la función pública a aspirantes perfectamente válidos y que presentaban unos mejores resultados objetivos, en beneficio de otros peor clasificados, mediante una prueba completamente subjetiva, atentatoria contra los derechos constitucionales de los aspirantes y carente de cualquier soporte probatorio admisible en derecho”.

El abogado considera que se trata de “un procedimiento de evaluación contrario a la normativa y a la jurisprudencia vigente” y que convierte a dicha entrevista psicológica “en el instrumento para eliminar a aquellos opositores con mayores méritos y para poder colocar, en su lugar, a los amiguetes”, según sus palabras.

En la resolución inicial de la Ciudad se había declarado no apto a este aspirante al haber sido considerado como “menos adecuado” que sus compañeros de oposición.

Sin embargo, se consideró que esto no estaba suficientemente justificado, lo que “atentaría gravemente contra el deber de adecuada motivación de las resoluciones administrativas”.

El opositor fue declarado apto por resolución con fecha 4 de abril de 2016 en la prueba psicotécnica, mientras que en una resolución posterior, del 14 de abril, se le declaraba no apto.

Desde la parte apelante se consideraba que los resultados de las pruebas incurrían “en el error de tratar la prueba tipo test y la entrevista como pruebas independientes cuando, de conformidad con las bases, se trata de una única prueba con una única calificación”.

La sentencia contra la que la Ciudad presentó el recurso revocaba parcialmente la resolución con las calificaciones, declarando al opositor “apto en las pruebas psicotécnicas”.

Sin embargo, la sentencia del juzgado de Melilla fue recurrida por la Ciudad en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y Melilla. Este, tras recordar la doctrina del Tribunal Supremo sobre esta materia, ha desestimado su recurso, confirmando íntegramente la sentencia inicial y condenando a la Ciudad “al pago de las costas a la parte apelante”.

Cabe recurso

¿Y ahora qué? Según reza en la sentencia que se notificó ayer, contra la desestimación cabe ahora interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en un plazo de treinta días desde el siguiente a la notificación del documento.

Sin embargo, el abogado recalca en el comunicado que la Ciudad “debería proceder a revocar los nombramientos como policías locales de todos aquellos agentes que fueron nombrados de forma injusta en dicha convocatoria, procediendo, de inmediato a acordar el ingreso del recurrente en dicho cuerpo, a abonarle las retribuciones que le hubieran correspondido en derecho si el mismo hubiera sido admitido con el resto de su promoción de origen y a indemnizarle por los daños causados”.

Además de este hombre, hay otros cuatro aspirantes en la misma situación. Según refiere Suárez Valdes, se podrían reclamar “indemnizaciones superiores a los 100.000 euros por cada uno de estos cinco opositores.

Además, el letrado aseguró que este tipo de declaraciones “de falta de aptitud psicológica” de opositores que obtuvieron los primeros puestos en las pruebas de oposición “se vienen produciendo de manera alarmante y sistemática en los últimos tres años en numerosas oposiciones convocadas por la Ciudad”.

Suárez Valdés dijo que incluso se han presentado a través de su despacho “denuncias penales por prevaricación y falsedad documental contra políticos y psicólogos miembros del tribunal en casos similares”.

“Sin amiguismos”

El abogado confía en que esta sentencia “sirva para zanjar este tipo de irregularidades, de modo que en Melilla se pueda garantizar un acceso a la función pública en condiciones de igualdad y no alterada por los amiguismos o las pruebas de selección subjetivas”.

 

“Espero que mi caso le sirva a los compañeros en mi misma situación”

“Estoy muy contento. Espero que mi caso también le sirva a los demás compañeros que están en la misma situación que yo”. Con estas palabras celebraba ayer un opositor a la Policía Local de Melilla, que en su día denunció las pruebas selectivas, la desestimación del recurso de apelación promovido por la Ciudad contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Melilla por la cual se anulaba la resolución del Gobierno local en la que se declaraba no apto en la prueba de entrevista psicológica a un opositor a este Cuerpo.

Proceso “largo”

El hombre explicó en declaraciones a El Faro que su particular pesadilla comenzó en abril de 2016, cuando fue declarado no apto en la prueba de entrevista psicológica de las oposiciones a la Policía Local de Melilla, aunque el proceso selectivo fue “largo” y había comenzado en 2015.

El opositor dice estar “muy contento con el resultado” aunque también apunta que lo esperaban. Según recalca, tenían confianza en que fuese favorable porque consideran que no se hicieron las cosas bien. Así, recuerda que no se aportó en el proceso judicial el test que supuestamente no habían superado. Además, aprovechó para recordar que se podrían realizar otras pruebas más fiables y menos subjetivas.

Contra la desestimación cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En caso de que no se recurra, este opositor explica que debería continuarse con el proceso selectivo de las plazas que en su día se convocaron para la Policía Local de Melilla, lo que implicaría que este hombre tendría que comenzar su periodo de prácticas. Tras superar este, tendría su plaza en el Cuerpo.

Hay otros cuatro compañeros en su situación. Para dos de ellos se resolvió en su contra y otros dos están a la espera. Este opositor espera que su caso les ayude ahora a ellos.

 

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