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Desestiman la denuncia sobre personal no cualificado en los servicios de Radiología

En sentencia publicada el 19 de septiembre, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado la denuncia interpuesta por la Asociación Española de Técnicos de Radiología (AETR) contra el Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón, por considerar la AETR que "el personal de Enfermería no está profesionalmente cualificado para llevar a cabo labores en los servicios de Radiología de los hospitales".

En concreto, los denunciantes pedían que los tribunales declararan irregular la presencia de enfermeras y de enfermeros en dichos servicios, a la vez que exigían la presencia exclusiva de profesionales con la titulación y la especialidad correspondiente, es decir, "Técnicos especialistas/superiores dentro de los servicios de radiodiagnóstico, radioterapia, medicina nuclear y quirófanos".

Luego, desde el Colegio Oficial de Enfermería de Melilla (COEM) han querido hacer pública esta sentencia del TSJCV para responder a las difamaciones y las acusaciones vertidas por la AETR contra la labor de Enfermería en el hospital de la ciudad autónoma, tanto en el propio servicio de rayos como en el servicio de laboratorio.

De acuerdo con una nota de prensa, el COEM entiende que "este fallo supone un nuevo respaldo de la Justicia a la postura defendida por el COEM desde que en 2018 la AETR iniciara su ofensiva judicial contra la Enfermería para 'conquistar' la exclusividad de los técnicos en estas especialidades".

Asimismo, "el posicionamiento del COEM no sólo no ha cambiado, sino que los recientes avances judiciales lo han fortalecido: las enfermeras y los enfermeros son el principal pilar sobre el que se sustenta la atención a los pacientes, y su labor resulta vital e insustituible en todos los servicios prestados por Hospitales y Centros de Salud".

"Si bien se considera perfectamente comprensible el interés del Cuerpo de Técnicos en lograr mejoras en su estatus laboral, y jamás se ha puesto en cuestión el valor que aportan los técnicos a la capacidad asistencial de nuestros centros sanitarios", desde la Enfermería han recordado a la AETR que "la consecución de sus objetivos nunca jamás debe pasar por el menosprecio de otras profesiones o por la publicación de acusaciones espurias y falsas, como, por ejemplo, que la presencia de enfermeras y enfermeros en los servicios de rayos/laboratorio suponen un perjuicio a la calidad de la asistencia o incluso ponen en riesgo la salud de los pacientes".

"No todo vale", ha dejado claro el colegio melillense antes de asegurar que "no se perderá la oportunidad de reafirmar la profesionalidad y la excelente capacitación técnica de los profesionales de la Enfermería con cada una de las sentencias que continúen engrosando la ya amplia jurisprudencia a favor de la Enfermería en esta cuestión".

Además, desde el COEM se espera que el Contencioso Administrativo en curso contra el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en Melilla por el mismo motivo, "siga el mismo rumbo que el caso castellonense", y que "ello permita cerrar de una vez por todas un capítulo de conflicto que no beneficia ni a los profesionales ni a los pacientes, y que afecta de manera injustificada a las tradicionalmente excelentes relaciones entre todos los colectivos que integran la familia sanitaria".

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