La portavoz de Igualdad del Grupo Popular en el Congreso de los Diputados, Carmen Dueñas, defendió ayer una proposición no de ley (PNL) para que “se eviten casos como el de una mujer de Burgos que no pudo hacer el primer examen de unas oposiciones porque coincidía con su parto o el de una mujer de Madrid que lo hizo cuando empezaba a dar a luz”. La diputada melillense apuesta por mejorar las condiciones de las embarazadas en los accesos a las oposiciones. El objetivo de esa PNL es que los tribunales de esa pruebas den una alternativa a las mujeres.
Dueñas solicitó incluir en la normativa de aplicación de las oposiciones “la sentencia del Tribunal Superior que determinó que los tribunales de oposición fijen las condiciones necesarias para hacer efectiva la igualdad en el acceso de las mujeres que estén próximas a dar a luz o a parir”.
La iniciativa se aprobó por unanimidad de todos los grupos, tras la transaccional alcanzada con Ciudadanos y Unidos Podemos.
La portavoz de Igualdad del Grupo Popular apostó por mejorar las condiciones de las embarazadas en su acceso a las oposiciones “para evitar que se produzcan situaciones injustas”.
Una sentencia pionera
En este sentido, recordó alguna de las situaciones que lamentablemente se han producido: “Una mujer de Burgos excluida de participar en una oposición para una plaza de enfermería porque coincidía con la fecha que tenía previsto dar a luz. Ella solicitó hacer el examen en casa o en el hospital y el tribunal de la oposición se negó. También está el caso de una mujer en Madrid que tuvo que hacer su primer examen para una prueba para una plaza de enfermería pese a estar a punto de dar a luz”.
Dueñas resaltó por su especial importancia el pronunciamiento emitido a favor de la opositora de Burgos de la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Una sentencia que la portavoz popular calificó como “pionera” en lo que al derecho al acceso a la función pública se refiere, y más en concreto con el acceso a la función pública de la mujer embarazada.
Algunos avances
La popular destacó que, tanto en la Constitución como en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el Estatuto Básico del Empleado Público, se recoge que no puede haber discriminación.
Asimismo, Dueñas recordó que, si bien se han dado pasos en el ámbito de la Administración General del Estado, a través de instrumentos como el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, lo cierto es que, a su juicio, se requiere ir a mayor precisión, en la línea marcada por la sentencia del Tribunal Superior, “a fin de evitar situaciones tan indeseables como las reseñadas”.
En la normativa
Por último, la portavoz popular señaló que es “imprescindible” que se incluya por el Gobierno central el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 14 de marzo del 2014, y que lo haga en la normativa de aplicación a tal efecto, a fin de que tribunales de oposición en el acceso a la función pública fijen las condiciones necesarias para hacer efectiva la igualdad en las condiciones de acceso a las pruebas, para lograr una plaza pública, a las mujeres que estén próximas a dar a luz o parto.
Además, Dueñas subrayó que esto se tiene que aplicar en procedimientos de ingreso del personal de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, así como en la provisión de puestos de trabajo, la promoción interna y la carrera profesional de los funcionarios de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.
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