Delegación del Gobierno ha informado mediante un comunicado de prensa de los criterios de selección para el personal del Plan de Empleo 2019 que coordinará la Delegación de Gobierno en Melilla, serán los siguientes:
1. Será requisito de obligado cumplimiento, según la “Resolución del SEPE de 27 de agosto de 2019 por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con los órganos de la AGE que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social”, tener una antigüedad mínima de 4 años consecutivos de inscripción en el padrón de Melilla anterior a la fecha de la presentación de la oferta de empleo.
2. Requisitos específicos de los puestos:
Para los puestos en los que se requiera una titulación específica, encontrarse en posesión de la misma.
3. Con el fin de no penalizar a las personas que han interrumpido la demanda por realizar cursos de formación o por haber trabajado con contratos eventuales de corta duración, el criterio de antigüedad se establecerá de la siguiente forma:
3.1. Tendrán preferencia absoluta los parados de larga duración, considerándose estos como las personas que acrediten un mínimo de 360 días de inscripción como desempleado en los 18 meses anteriores a la presentación de la oferta de empleo, tal y como se establece en dicha Resolución. Dentro de este grupo, se dará prioridad a quienes no hayan sido contratados en un puesto de planes de empleo en los últimos 36 meses.
3.2. En caso de quedar plazas desiertas en alguna de las ofertas, se aplicará subsidiariamente los criterios de reducir el tiempo de no haber sido contratado en un puesto de planes de empleo a 24, 12 y 0 meses sucesivamente.
3.3. Si para alguna de las ocupaciones solicitadas no existieran candidatos que cumplan los requisitos exigidos en los puntos 3.1 ni 3.2, se seleccionará a los candidatos con mayor antigüedad en la fecha de inscripción como demandantes de empleo.
Otros criterios de inclusión preceptiva.
Una vez haya sido seleccionado el personal según los criterios anteriormente mencionados, también tendrán consideración los siguientes:
1. Una reserva del 10% para demandantes de empleo con discapacidad.
2. Edad y condición de mujer. Se otorgará un punto a aquellas mujeres mayores de 45 años.
Estos criterios recogidos en el artículo 6.2 de la Orden de 19 de diciembre de 1997, serán considerados a fecha de registro de la oferta de empleo.
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