El juez titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla condenó ayer a un hombre como autor de un delito de violencia de género. Así lo hizo después de que el procesado reconociese su culpabilidad en la sala, admitiendo que agredió a su ex novia. La agarró de los pelos y luego le propinó un tortazo, como se recogía en el escrito de la Fiscalía de Melilla, al que pudo tener acceso El Faro.
Los hechos que ayer se enjuiciaron tuvieron lugar el 18 de junio del año pasado, sobre las 02:30 horas, en la playa de Horcas Coloradas. El encausado mantuvo una relación sentimental con la víctima y se rompió dos meses antes del episodio de maltrato, según se expone en el documento del Ministerio Público.
En la madrugada de los hechos, el acusado, “muy agresivo, cogió a la víctima de los pelos y la empujó, propinándole un tortazo”. Mientras la agredía físicamente la descalificó con insultos, según se expone en el escrito acusatorio.
Según relata la Fiscalía en su informe, el procesado actuó así “movido por unos celos injustificados”. A consecuencia de los golpes, la víctima sufrió una contusión en la región dorsal y también una crisis de ansiedad.
Acuerdo de conformidad
El procesado admitió los hechos en el juicio con el fin de llegar a un acuerdo de conformidad con la acusación. Esta es una opción que tienen las personas a las que se le imputa la supuesta comisión de un delito. En base a este trato, la fiscal accedió a rebajarle la pena.
Inicialmente, se le reclamaban nueve meses de cárcel y una orden de alejamiento por un periodo de tres años. La acusación, finalmente, dejó su petición en seis meses de prisión y en una prohibición de comunicación y aproximación por un periodo de dos años a una distancia de 200 metros.
Además, el hombre tendrá que indemnizar a la víctima con la cantidad de 60 euros por las lesiones ocasionadas.
Por su parte, la fiscal tampoco se opuso a que se le suspenda al encausado el ingreso en prisión por un plazo de cinco años. Esta es una posibilidad que se le concede a las personas condenadas a menos de dos años de cárcel cuando no tienen antecedentes penales de la misma naturaleza delictiva.
Si el procesado volviese a delinquir en los próximos cinco años, se le revocaría la suspensión y tendría que ingresar en prisión, además de cumplir la condena derivada del otro delito.
El individuo también tendrá que pagar una multa de 1.080 euros y abonar el dinero de la indemnización porque, de lo contrario, también iría a prisión. Por otro lado, el juez añadió en su sentencia, pronunciada en la sala, que realizará 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad y deberá asistir a un curso de sensibilización en educación sexual y en materia de violencia de género. De no cumplirlo, la suspensión quedaría anulada.
Asimismo, el juez apercibió al encausado de que si se acercase o contactase con la víctima en los próximos dos años incurriría en un delito de quebrantamiento de condena. El hombre señaló al titular del Penal número 1 que vivía cerca de ella, a lo que se le respondió que tendrá que mudarse para no acercarse a menos de 200 metros.
El individuo fue condenado tras aceptar la conformidad.