Tribunales y Justicia

Condenan a los autores del ‘crimen de la catana’ a 18 años: las defensas recurrirán

Las defensas de los dos condenados tienen 10 días para presentar los recursos del Tribunal Superior de Justicia

Los autores del ‘crimen de la catana’, Abdelilah M. A. y Mimon M. A., han sido condenados a 18 años de prisión por el delito de asesinato. Así se expone en la sentencia, dictada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga, con sede en Melilla. También tendrán que pagar a la familia de la víctima una indemnización de 125.000 euros. El fallo judicial se comunicó tres días después de que el jurado dictara el lunes un veredicto de culpabilidad para dos de los tres acusados de dar muerte a Fares B. M. en la madrugada del 29 de octubre de 2012, en el barrio del Real. Los letrados de los condenados aseguraron a El Faro que recurrirán esta resolución ante el Tribunal Superior de Justicia de Granada. Al parecer de las defensas, el jurado se basó en “pruebas indiciarias” al hallar culpables a sus clientes.

Según la sentencia, ha quedado probado que sobre las 21:45 horas del 28 de octubre de 2012 se produjo un enfrentamiento entre el ahora condenado Mimon M. A. y un amigo de la víctima. En el mismo, intervino Fares con el objetivo de que acabara la discusión. Tras lo sucedido, siempre según el fallo, Mimon M. A., junto al otro condenado, Abdelilah M. A. y otro de los acusados, que ha sido absuelto, Mimon A. B., se hicieron de armas blancas largas y salieron en busca de Fares y su amigo. Posteriormente, sobre las 01:00 horas, los condenados Abdelilah M. A. y Mimon M. A. fueron vistos en compañía de una o más personas sin identificar.

“Puestos de común acuerdo y con la clara intención de terminar con la vida de Fares, lo localizaron cuando iba a bordo de un vehículo Citroën, y lo siguieron en un coche marca Merdeces modelo 190, de color oscuro por varias calles de Melilla hasta llegar a la calle Mar Chica”, recoge la resolución.

De conformidad con el veredicto emitido por el jurado, se declara probado que la víctima se apeó del coche en el que viajaba, haciéndolo también seguidamente los condenados Abdelilah M. A. y Mimon M. A. acompañados de una o más personas. “Esgrimieron las armas blancas largas que portaban, sin ningún riesgo para ellos, anularon totalmente cualquier capacidad de defensa de Fares y le agredieron, con la clara intención de terminar con su vida, asestándole múltilples puñaladas”, se relata en el fallo.

Unanimidad del jurado

En la sentencia, el juez recoge que los miembros del jurado concluyeron por unanimidad que Abdelilah M. A. y Mimon M. A. eran culpables de haber dado muerte a Fares, anulando totalmente su capacidad de defensa.

También por unanimidad, concluyeron que el ex procesado Mimon A. B. no era culpable del asesinado de la víctima, ya que no estaba suficientemente acreditada su participación en los hechos que se le imputan.

Pruebas indiciarias erróneas

Fuentes solventes aseguraron a El Faro que ambos condenados recurrirán la resolución judicial. Este periódico consiguió contactar ayer con el letrado que representa a Abdelilah M. A., Abdelkader Mimon Mohamed, quien lamentó que los miembros del jurado se habían dejado llevar por “pruebas indiciarias”, sin consistencia suficiente, a la hora de dictar el veredicto de culpabilidad.

Según el abogado, además, a su cliente se le achacan dos cuestiones de forma “errónea”. Una de ellas es que, según el jurado, Abdelilah mintió al decir que su tío había vendido el coche Mercedes 190 un mes antes del asesinato. Sobre este asunto, Mimon Mohamed insistió en que su representado nunca defendió esta tesis, sino que fue su familiar. Por otro lado, el letrado insistió en que no se puede tomar como prueba incriminatoria el hecho de que su defendido se acogiera a su derecho a no responder a las preguntas formuladas por la acusación.

Además, el abogado insistió en que, de ningún modo se probó que su representado estuviera en el lugar de los hechos cuando estos se cometieron. Según apuntó, en todo caso, los testigos hablaron de “una supuesta mala relación” con la víctima, pero subrayó que esto no acreditaba su participación.

Las defensas disponen de 10 días hábiles desde que recibieron la sentencia para presentar sus recursos de apelación.

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