Tribunales y Justicia

Condenado a seis meses de prisión y a una multa de 2.340 euros por agredir al jefe de servicio de la cárcel

El Juzgado de Lo Penal número 2 de Melilla condenó, el pasado día 20 de mayo, a Achor Mohamed a seis meses de prisión y a una multa de 2.340 euros de multa por delitos de atentado, lesiones, amenazas y daños por los hechos acaecidos el 16 de noviembre de 2021 en el Centro Penitenciario de Melilla, cuando, “en un gran estado de agitación y agresividad”, según la sentencia, comenzó a golpear los cristales blindados del patio mientras insultaba a los funcionarios de prisiones, especialmente al jefe de servicio, a quien le dijo “hijo de p…, torturador, te voy a cortar el cuello” con ánimo de amedrentarlo.

Según la sentencia, la cosa no quedó ahí, pues el preso continuó con “su conducta agresiva” y rompió el cristal del patio, cogió uno de los trozos de dicho cristal y amenazó a los funcionarios allí presentes con cortarles.

Los funcionarios consiguieron reducirlo y llevarlo a su celda, donde, “con claro ánimo de menoscabar la integridad física del jefe de servicio y con manifiesto desprecio al principio de autoridad, le propinó un fuerte puñetazo en el ojo y lo tiró al suelo”.

La sentencia también explica que los daños causados en el patio fueron tasados en 1.333,23 euros, mientras que el jefe de servicio, Joaquín Nicolás Giménez, sufrió una contusión en el ojo derecho con edema conjuntival y deformidad en la pupila derecha, uveítis traumática y desprendimiento de vítreo posterior en el ojo derecho, lo que requirió de tratamiento médico durante dos semanas. El golpe del interno, con problemas psiquiátricos, propició que el jefe de servicio, quien tuvo que ser trasladado a Urgencias, estuviera a punto de perder el ojo.

Desde la Asociación Profesional de Funcionarios de Prisiones (APFP) han lamentado que se encuentran “desamparados” al no ser considerados agentes de la autoridad y que “pocas veces las agresiones son consideradas como delitos”. En la actualidad, son agentes de la autoridad los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, de la Guardia Civil, de las policías autonómicas y de los cuerpos de Policía Local, pero no lo son los vigilantes y guardas jurados de seguridad privada

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