Condenado a 2 años de cárcel por dar una pedrada en la cabeza a otro en Barrio Chino

  • El sentenciado no ingresará en prisión al no tener antecedentes. Indemnizará a la víctima con 240 euros

Un hombre fue condenado ayer a dos años de prisión por haber dado a otro una pedrada en la cabeza cuando se encontraban ante el puesto fronterizo de Barrio Chino. Los hechos son constitutivos de un delito de lesiones tipificado en los artículos 147 y 148 del Código Penal.

El suceso se produjo el 25 de agosto de 2015. El inculpado, que responde a las iniciales O. B., arrojó una piedra que impactó en la cabeza de otro hombre con el que previamente había mantenido una discusión.

El golpe causó a la víctima “una herida de dos centímetros de longitud”, según subrayó el Ministerio Fiscal. El agredido tuvo que recibir “dos puntos de sutura” como consecuencia de la pedrada.

El abogado defensor de O. B. alcanzó una conformidad con el fiscal, consistente en que, si su cliente reconocía los hechos de los que se le imputaban, se le impondría una pena de dos años de cárcel, la menor establecida para este tipo de conductas delictivas. De esta manera, el inculpado se declaró culpable y la juez le impuso la pena acordada por fiscal y letrado.

No obstante, la magistrada dictó que O. B. indemnice a su víctima con 240 euros por los daños derivados de la lesión.

Suspensión de la pena

En cuanto a la pena de cárcel, al no ser superior a los dos años, la legislación vigente permite que el condenado no tenga que entrar en prisión si no tiene antecedentes, por lo que O. B. se librará de ingresar en el Centro Penitenciario.

El fiscal manifestó que no se opondría a que el sentenciado permanezca en libertad. Sin embargo, tanto la juez como la acusación pública le recordaron a O. B. que si vuelve a delinquir dentro de un plazo de cuatro años, tendría que cumplir la pena impuesta ayer más la condena por el hipotético delito.

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