Ante ciertas críticas vertidas en las redes sociales y en las que -de una forma u otra- intentan involucrar a la CEME casi culpándonos de lo que se ha publicado en el BOME nos vemos obligados a aclarar nuestra posición el respecto.
Debemos partir de la base que la subvención tiene como finalidad ayudar o “premiar” a las empresas, sean individuales (autónomos) o colectivas (sociedades mercantiles, comunidades de bienes, etc.) por el mantenimiento del empleo por cuenta ajena y el autoempleo, así como, la creación de nuevo empleo en el período que se determina en la Orden 2876 del 12 de agosto.
En el artículo 4 de la Orden se determina lo que se considera gasto subvencionable: los gastos directos inherentes al mantenimiento y la creación de empleo en un periodo determinado y que la ayuda se destina a sufragar los costes laborales de las personas trabajadoras, incluidos el salario y la Seguridad Social, a cargo de la empresa.
Algunos se quejan de que la ayuda a los empresarios autónomos solo puede llegar a un máximo de 3.000 euros por ser empresario autónomo (el 90% de Melilla según ellos, frente al 70% según el INE) pero se olvidan de decir que los que no son empresarios individuales (ese otro 30%) van a recibir la misma ayuda. ¿Dónde por tanto está la discriminación? Lo cierto es que en la Orden no se discrimina a los empresarios individuales (autónomos) frente a las otras PYMES (entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades) según el art. 3.1.
La ayuda de 3.000 euros es la misma para todos los empresarios, sean individuales (autónomos) o colectivos. Por tanto, no se discrimina a nadie, salvo en los criterios de valoración del art. 10 en los que, por cierto, se beneficia (con 40 puntos sobre 100) a las PYMES individuales (autónomos) “en régimen de estimación objetiva del IRPF” frente a las PYMES que declaran por el Impuesto sobre sociedades. ¿Eso también es discriminar a los autónomos? También se puntúa más a las empresas con menos de 5 trabajadores de plantilla media que a los de mayor nº de empleados, aunque no alcanzamos a entender la razón de ello. Podríamos decir que no nos gusta, pero no hemos querido oponernos para que no dijeran que estamos a favor de los empresarios colectivos frente a los individuales o de las medianas o pequeñas empresas frente a las microempresas con menor nº de trabajadores.
También se olvidan de decir que las ayudas de hasta 3.000 euros que puede recibir ese mismo empresario (individual o colectivo) pueden llegar a ser de hasta 8.000 euros por trabajador si es por mantenimiento o de 6.800 euros para los nuevos empleos por cuenta ajena que haya creado conun máximo de 100.000 euros. Insistimos en que la ayuda es para compensar los costes laborales de los trabajadorespor cuenta ajena que es lo que los empresarios, al menos, desde la CEME veníamos demandando desde el inicio de la crisis: que se nos ayudase a compensar los costes del personal que hemos conseguido mantener e, incluso, incrementar en nuestras plantillas en los peores momentos.
Lo que está claro es que desde la Consejería de Hacienda – y nos parece muy bien- se intenta ayudar más a los empresarios (sean individuales o colectivos) que han mantenido o creado puestos de trabajo por cuenta ajena frente a los que no lo han hecho. Si eso lo siguen considerando una discriminación pues ya no hay más que hablar. Nos tememos que unos critican por criticar y otros porque seguramente no tengan trabajadores por cuenta ajena a su cargo. Pero nosotros no podemos criticar lo que hemos solicitado y defendido: que se premie el mantenimiento y la creación de empleo. Y si hay que dar las gracias, se dan. Lo único que nos tememos es que al ser una subvención que se tramita en régimen de concurrencia competitiva muchas empresas solicitantes podrán quedarse sin subvención dado que el presupuesto es de algo más de 13 millones de eurosy puede que no alcance para todas las empresas solicitantes salvo que se libere nuevo crédito para atenderlas. Eso es una decisión que corresponde tomar a los políticos, no a los empresarios.
Y mientras intentaremos facilitar a las empresas asociadas la tramitación de las solicitudes de ayuda.
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