N.D y N.T saltaron la valla de Melilla en 2014, pero fueron expulsados inmediatamente sin ser identificados. Su historia podría ser como la de tantas personas devueltas en caliente si no fuera porque pueden ser los artífices del fin de estas prácticas en las fronteras europeas.
El próximo jueves, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con sede en Estrasburgo (Francia) emitirá su decisión definitiva sobre las devoluciones en caliente, por las que ya condenó a España en octubre de 2017; la deliberación de los 17 magistrados que componen la Gran Sala se hará en audiencia pública a partir de las 15 horas.
Según relataba en aquella sentencia, tras unos meses acampados en el Monte Gurugú, N.D., de Mali, y N.T, de Costa de Marfil, saltaron la valla con un grupo de subsaharianos el 13 de agosto de 2013 pero, nada más poner los pies en el suelo, fueron detenidos por la Guardia Civil y llevados a la comisaría de Nador y posteriormente a Fez.
Lo volvieron a intentar en octubre y en diciembre de 2014. N.D. fue reenviado a Mali el 31 de marzo de 2015. La situación actual de N.T. es "desconocida". Para el TEDH, las suyas fueron expulsiones "de carácter colectivo", contrarias al Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Y ello porque fueron devueltos inmediatamente "sin que antes tuvieran acceso a intérpretes y a una asistencia jurídica que les informara de las disposiciones pertinentes del derecho de asilo o de los procedimientos contra su expulsión", según la resolución.
Con ello "fueron privados de toda posibilidad de recurso". Así, el tribunal europeo consideró también oportuno indemnizar a cada uno con 5.000 euros por daños morales.
Aunque la decisión de la Gran Sala se referirá a este caso concreto, las vallas de Ceuta y Melilla son también el confín sur de Europa, subrayan a Efe desde el Ministerio del Interior, que mantiene su postura de aguardar al fallo final antes de actuar sobre lo que en este departamento denominan "entregas en frontera".
En todo caso, recalca el ministerio que dirige Fernando Grande-Marlaska, la respuesta deberá ser "armonizada" entre todos los miembros de la UE.
Las devoluciones en caliente fueron reguladas por el anterior Ejecutivo del PP a través de una disposición adicional en la ley de seguridad ciudadana, conocida como "ley mordaza", que reformaba a su vez la Ley de Extranjería.
Y fueron uno de los motivos principales por los que el PSOE, que siempre se había mostrado contrario a ellas, llevó esta ley al Tribunal Constitucional junto con otros grupos de la oposición.
Sin embargo, recién llegados al Gobierno, optaron por mantener el recurso que había presentado el PP contra la condena del TEDH; en la vista celebrada el 26 de septiembre de 2018 para escuchar a las partes, el abogado del Estado Rafael León, nombrado por el Ejecutivo para representar a España, aseguró que "la no admisión de extranjeros no significa expulsión".
Mientras, los abogados de los demandantes, el alemán Carsten Gericke y el español Gonzalo Boye, hicieron suyos los argumentos de la sentencia de Sala y criticaron que España intentase "justificar su comportamiento ilegal por la presión migratoria".
Dieciséis meses después llegará el veredicto final. La directora de Políticas y Campañas de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Paloma Favieres, insiste en que la Gran Sala solo va a pronunciarse sobre estas dos devoluciones, pero cabe recordar que en España el Tribunal Constitucional está esperando que se pronuncie el TEDH para emitir su fallo sobre la ley de seguridad ciudadana.
"De la decisión de Estrasburgo dependerá que las autoridades queden legitimadas o no para devolver personas. Nos jugamos mucho", concluye Favieres.
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