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Los cinco candidatos buscan pactos para definir al nuevo presidente de la Ciudad

Ya hay fecha para la constitución del Gobierno de la ciudad. Cuando restan dos semanas para ese día, los representantes de los partidos políticos comienzan a sostener encuentros que les permita hacer alianzas y asegurarse una legislatura.

Algunas reuniones se han producido de manera informal, así como también se han realizado llamadas de “tanteo” que les permitan, a uno de los cinco líderes de los partidos con representación, obtener los 13 votos que brindan la mayoría dentro del pleno.

El reglamento de la Asamblea de Melilla recoge que se constituirá el vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones y que será el presidente saliente quien haga esa convocatoria. Esos 20 días se cumplen el sábado 15 de junio. Pero si algún partido pone un recurso contencioso electoral, como en otras ocasiones ha protagonizado Coalición por Melilla (CpM), la Asamblea no se constituiría hasta el día 40 tras las elecciones, es decir, el viernes 5 de julio.

No obstante, CpM reiteró a El Faro que la formación no tiene intención de presentar ninguna denuncia porque habría motivo para ello.

Al margen del reglamento, tras las elecciones del 26 de mayo comenzó la etapa postelectoral de negociaciones y pactos para ser el presidente de la ciudad.

Formación de la Asamblea

El reglamento indica que la sesión constitutiva se iniciará presidida por la mesa de edad, por el diputado electo mayor de edad de los presentes y acompañado del de menor edad, asistidos ambos por el secretario de la institución.

El presidente de la mesa de edad declarará abierta la sesión y comprobará las credenciales de los diputados de la Asamblea electos llamándolos por orden alfabético a la prestación del juramento o promesa.

Una curiosidad es que en el reglamento viene establecida la fórmula para jurar o prometer: “Juro/prometo servir fielmente a España y a la Ciudad Autónoma de Melilla, acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía, guardar y hacer guardar las leyes, respetar los derechos y libertades de los ciudadanos, guardar fidelidad al Rey y cumplir las funciones de diputado de la Asamblea de Melilla”. Tras ello, la mesa de edad impondrán las medallas y la insignia con el escudo de la ciudad como símbolos de este cargo. Este acto se suele realizar en el Salón Dorado.

Antes de este proceso, los diputados electos deben presentar al secretario de la Asamblea sus credenciales expedidas por la Junta Electoral de Zona, acompañadas de una declaración de causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos. También se formulará la declaración de sus bienes patrimoniales.

El presidente

Para elegir al presidente de la Asamblea se hará una única votación. Solo podrán ser candidatos quienes encabezaran las listas electorales que hayan obtenido un escaño, es decir, Juan José Imbroda (PP), Mustafa Aberchán (CpM), Gloria Rojas (PSOE), Jesús Delgado Aboy (Vox) y Eduardo de Castro (Cs). La votación será nominal por orden alfabético y pública, en la que cada diputado otorgará su voto a uno de los candidatos o se abstendrá.

Según el Estatuto de Autonomía, será elegido presidente de la Ciudad el candidato que obtenga la mayoría absoluta, y si no lo hay, el que encabece la lista con mayor número de votos.

En cuanto a las dos vicepresidencias de la Asamblea, cada una de las candidaturas con representación podrán presentar a un candidato para ellas. Se elegirán simultáneamente mediante votación nominal y secreta. Cada diputado escribirá un solo nombre en la papeleta de voto.

Resultarán elegidos por orden sucesivo los dos que obtengan mayor número de votos. En el caso de que haya un empate, será vicepresidente primero el de la lista más votada y lo mismo si ocurre con el segundo.

En esta ocasión, no se volverá a ver a Cristina Rivas, que sido durante años la vicepresidenta primera de la Asamblea, en la mesa de presidencia del pleno, ya que no ha entrado como diputada por el PP. La duda es si Dunia Almansouri seguirá como vicepresidenta segunda de esta institución.

Los vicepresidentes elegidos tomarán el cargo tras jurar o prometer y se sustituirá a la mesa de edad. Además, será la vicepresidenta primera de la cámara la que declarará constituida definitivamente la Asamblea.

En cuanto al presidente, entrará en funciones cuando lo nombre el Rey y tendrá funciones administrativas mientras que se confirma. Cuando ocurra este nombramiento oficial, podrá jurar o prometer su cargo. Esto se produce en un plazo máximo de cinco días desde la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado.

Los grupos políticos

Para hacer un grupo político se precisa de al menos dos diputados. En el caso de que solo haya un diputado pasará al Grupo Mixto. La constitución de los grupos se hará dentro de los ocho días hábiles siguientes a la sesión constitutiva de la Asamblea mediante un escrito a la mesa de la cámara que irá firmado por todos los miembros que la integran. También debe incluir cuáles son los portavoces del grupo y su nombre.

10 consejeros es el límite

Según el Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad, el número de consejeros no podrá ser superior a diez y el número total de consejeros más viceconsejeros no podrá ser superior al de diputados que hay en la Asamblea, es decir, 25.

Los vicepresidentes primero y segundo serán elegidos de entre los diputados. En cambio, los consejeros y los viceconsejeros pueden o no ser miembros de la Asamblea.

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