El comité de empresa del centro de menores de La Purísima ha informado de que, a pesar de que la demanda 0000698/2021, referente a la vulneración de los derechos fundamentales por parte de la empresa Arquiosocial SL, al no abonar el plus de residencia según recoge su convenio y al no querer la empresa negociar con el comité dicho plus de residencia; ha sido desestimada según Sentencia 119/2024 por la supuesta falta de legitimidad de CCOO; el juez sí reconoce la falta injustificada y obstaculización por parte de la empresa Arquisocial a la negociación sindical e insta a que el comité de empresa (órgano que el juez entiende competente) vuelva a presentar la demanda.
"Este comité acata las sentencias judiciales, al contrario que hace la empresa Arquisocial, que desde diciembre 2022 no acata la sentencia 0264/2022 en la que es condenada con efecto retroactivo a enero 2022 a la aplicación del cuarto convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores", afirma.
El comité de empresa informa de que va a continuar con la defensa de los derechos, va a recurrir la sentencia y también va a presentar demanda como comité como insta el juez en su sentencia, "ya que entiende que nosotros somos la parte legitimada de negociación con la empresa, a pesar de que este comité está formado por su totalidad de nueve delegados sindicales de CCOO".
Por otra parte, desde el comité, no entiende que "el pasado día 16 de mayo y, sin que al sindicato de CCOO le haya llegado la sentencia, desde CSIF, que no tiene ninguna representación en nuestro centro de trabajo, muestre su alegría y difusión de dicha resolución, ya que no ha podido tener acceso a la sentencia salvo que la empresa se la haya hecho llegar".
"CSIF debería estar en desacuerdo y manifestar su disconformidad defendiendo los derechos de los trabajadores colectivamente y no hacer de sindicato de empresa", manifiestan desde CCOO.
Por último, desde el comité de empresa, CCOO quiere mostrar su descontento con esta sentencia, porque, si bien les da la razón, el juez entiende que la demanda la deben efectuar ellos "al no reconocer legitimidad del sindicato CCOO para llevar a cabo lasnegociaciones, a pesar de ser firmantes del convenio estatal de aplicación al sector".
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