La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dado el visto bueno a la decisión del juez Santiago Pedraz de dar carpetazo a la investigación de una querella contra el líder del Frente Polisario Brahim Ghali por genocidio, al no apreciar "ni siquiera indiciariamente la figura" del delito que se le atribuye.
Rechaza así la sección primera de la Sala de lo Penal en un auto, con fecha de este jueves y al que ha tenido acceso Efe, el recurso del querellante, la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (ASADEH), contra la resolución en la que Pedraz, con el visto bueno de la Fiscalía, daba por concluida la instrucción sin dictar procesamiento contra los querellados, entre los que figuraba Gali, al que defiende el abogado Manuel Ollé.
Con el archivo de esta querella, (aún cabe recurso en el Tribunal Supremo) sólo queda una activa en la Audiencia Nacional contra el líder del Frente Polisario, la impulsada por el activista de origen saharaui Fadel Mihdi Breica.
"Al examinar los hechos denunciados en la querella a la luz de los anteriores fundamentos nos encontramos con una primera dificultad, como es que no es posible identificar a un grupo concreto de personas con una nacionalidad, una raza, una etnia o una religión comunes como víctima de los actos imputados a los querellados, ni se identifica tampoco una intención en los presuntos autores de destruir total o parcialmente ese grupo nacional, racial, étnico o religioso", dictamina la Sala.
Esto es así, añade, porque en la querella "ni siquiera se explica de que grupo de personas puede tratarse", y si bien "se indica en algunos pasajes que los perseguidos por el Frente Polisario son saharuis de origen español en oposición a los saharuis de origen argelino(...), no se desprende del texto de la querella, ni se ha demostrado posteriormente, una distinción dentro del pueblo saharui entre los que son de origen español y los que tienen un origen distinto, cualquiera que sea este".
"Tampoco se aprecia tal distinción entre los que afirman ser víctimas directas de Brahim Ghali", destaca asimismo la resolución, que concluye que las "diligencias de prueba practicadas durante la instrucción no han sido eficaces para arrojar más luz sobre la existencia" del delito de genocidio del que se le acusaba en la querella.
Pedraz acordó la conclusión de este sumario después de que la Sala revocase por un defecto de forma su inicial decisión de archivar el procedimiento pues, al tratarse de un delito de genocidio, la causa debía tramitarse como sumario y no como diligencias previas, y la decisión de archivar por tanto no era competencia del juez instructor, sino de la propia Sala.
Una vez solventado el error, la Sala tampoco ha visto indicios suficientes para seguir adelante con el procedimiento, compartiendo con el instructor la tesis de que en todo caso los hechos denunciados habrían prescrito.
La prescripción vendría dada porque los delitos denunciados fueron presuntamente cometidos contra ciudadanos marroquíes entre 1975 y 1990, con lo que le sería aplicable el Código Penal de 1973 y no el de 1995, que fue cuando se tipificó el delito de genocidio en España y se declaró imprescriptible.
En cuanto al resto de delitos que se le atribuían en la querella -asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones-, los magistrados también consideran "extinta" la responsabilidad penal.
Esta querella fue interpuesta en 2008, archivada en 2020 y reabierta en mayo pasado, cuando los querellantes supieron de la presencia de Gali en España.
Su llegada generó una seria crisis diplomática entre España y Marruecos, con el trasfondo del conflicto del Sáhara Occidental, y actualmente un magistrado de Zaragoza, la ciudad en la que aterrizó Gali procedente de Argel para ingresar en un hospital, investiga su entrada en terrirorio español con otra identidad con el presunto amparo de la exministra de Exteriores Arancha González-Laya.
Tras más de un mes ingresado en un hospital en Logroño por covid, Gali regresó en avión medicalizado a Argelia al poco de declarar por videoconferencia ante Pedraz, que rechazó imponerle medidas cautelares.