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Consulte aquí la lista de admitidos y excluidos en la bolsa de Agente Tributario de la Ciudad

El Boletín Oficial de Melilla (BOME) publica hoy el listado de personas que han sido admitidas o excluidas de la bolsa de trabajo de Agente Tributario para la Ciudad Autónoma. Según se describe en esta resolución fue el pasado 3 de mayo cuando el plazo de presentación de reclamaciones finalizó. Por ello, esta lista es definitiva. Hay 518 personas que podrán participar en los exámenes y pruebas para acceder a la bolsa de trabajo y otras 21 que no podrán hacerlo.

En cuanto a los motivos para excluir a los candidatos a esta bolsa de trabajo los más comunes son: no presentar el título que se requiere para acceder a estas bases; que la solicitud se presentó fuera del plazo de instancias establecido; que la titulación que aporta no es válida; y que renuncia a participar en tiempo y forma.

Asimismo, se ha constituido el tribunal que se encargará de la bolsa de trabajo de agentes tributarios en este mismo boletín.

Para ser admitidos en la bolsa de trabajo, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de admisión de instancias: tener la nacionalidad española, aunque también podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles al empleo público de la Ciudad, con excepción de aquellas plazas que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas. También se exige tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa para el acceso al empleo público. Otro requisito es no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Además, debe estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente (deberá acreditarse la equivalencia).

Proceso de selección

El proceso de selección constará de una única prueba de carácter obligatorio consistente en la contestación por escrito y en noventa minutos, a un cuestionario de ochenta preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que sólo una es verdadera, relacionadas con el temario que figura como anexo a las bases.

Cada una de las ochenta preguntas tiene un valor de 0,125 puntos. Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – (E/ (n-1)), siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.

Dicha prueba tendrá carácter eliminatorio, calificándose de 0 a 10 puntos, precisándose un mínimo de 5 puntos para superar el proceso de selección. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación y elevará dicha relación a la Autoridad competente para que constituya la bolsa de trabajo.

La formación de las bolsas de trabajo

Se formará una lista, quedando integrados los aspirantes en cada lista que hubiesen superado el proceso selectivo por orden de puntuación que se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad y tablón de anuncios. La lista resultante dará lugar a dos bolsas de trabajo idénticas (bolsa A y bolsa B), cuyo funcionamiento será completamente independiente entre ellas. La bolsa A se utilizará para los nombramientos con una previsión de duración inferior a un año. La bolsa B se utilizará para los nombramientos con una previsión de duración superior a un año.

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