Ayer estaba previsto que se enjuiciase en el Juzgado de lo Penal número 1 un caso en el que una doctora está acusada de un delito de lesiones imprudentes. Los hechos que dieron lugar al procedimiento ocurrieron en marzo de 2011. El juez decidió aplazar la vista al próximo 10 de julio después de que, hace apenas unos días, la defensa hubiera presentado al juzgado un “complejo” informe pericial. Según la denuncia, la procesada tuvo que someterse a una intervención en la que se le extirpó el útero para detener una grave infección debido a la “falta de atención” de la médica. En el escrito del letrado que representa a la paciente, José Ignacio Gavilán, se expone que la encausada no examinó ni puso en observación a la mujer, ni tampoco prescribió un tratamiento adecuado después de que esta fuese derivada desde el centro de salud al Servicio de Urgencias del Comarcal. Por el contrario, la remitió a su domicilio aduciendo “que se trataba de una infección normal en casos de cesárea”. A los seis días fue intervenida de urgencia y se le extirpó el útero, por lo que la acusación sostiene que se la doctora pudo cometer un delito de lesiones imprudentes.
La Fiscalía de Melilla, que también actúa de oficio en este procedimiento, pide por estos hechos una pena de tres años de prisión. Sin embargo, la acusación particular reclama una pena que es inferior, ya que la perjudicada y su familia no están de acuerdo con solicitar la pena máxima estipulada para la doctora, tal y como explicó Gavilán a El Faro. Por ello, piden para la acusada una pena de dos años de cárcel, además de una indemnización de 167.400 euros.
Relato de los hechos
De acuerdo con el escrito acusatorio, la víctima ingresó el 8 de marzo de 2011 en el Hospital Comarcal de Melilla, dependiente del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa). Al día siguiente se le practicó una cesárea “por no progresión del parto”. Según el relato de la acusación particular, la acusada, doctora especialista en Ginecología y Obstetricia, le dio el alta médica el día 13, prescribiendo la retirada de los puntos de sutura para el día 17 en su Centro de Atención Primaria. Sin embargo, a los tres días de recibir el alta, la perjudicada acudió al Centro de Salud de Cabrerizas a consecuencia de un fuerte dolor abdominal y en las piernas, así como dificultad al deambular.
En la exploración, su doctora halló “emisión a lo largo de toda la herida de cesárea de líquido amarillento y edemas con fóvea en ambas piernas, diagnosticándole césarea previa complicación anteparto”. Por este motivo, la remitió al Servicio de Urgencias, donde se le diagnosticó un seroma de cicatriz quirúrgica y se le recetó un tratamiento antibiótico ambulatorio.
Varias visitas a Urgencias
Al día siguiente, el 17 de marzo, la víctima volvió a acudir al centro de salud con un empeoramiento de los síntomas presentados el día anterior, a los que se añadió la fiebre. Según la médica que la atendió, presentaba “abdomen globuloso muy doloroso a la palpación, palidez de piel y mucosas, edema con fóveas en miembros inferiores y mal estado general”. Con estos síntomas, derivó a la paciente a Urgencias, donde fue atendida por la encausada. “Ni la examina, ni la pone en observación, ni prescribe un tratamiento adecuado, remitiéndola a su domicilio aduciendo que se trataba de una infección normal en casos de cesárea, pese a tener síntomas claros y evidentes de infección abdominal grave”, sentencia la acusación particular.
La mujer realizó nuevas visitas los días 19 y 21 de marzo a su centro de salud. Fue el 23 cuando, una vez más, acude al ambulatorio. En vista del “empeoramiento grave y la fiebre”, fue remitida una vez más al Servicio de Urgencias. Una vez allí, se le diagnosticó una “peritonitis secundaria y un absceso en cavidad”, lo que provocó que fuese intervenida de urgencia, procediéndose a la extirpación del útero “para detener la grave infección que pudo causarle la muerte”.
La perjudicada precisó para su curación unos 20 días de hospitalización, siendo diez de ellos impeditivos. Además de perder el útero, padeció “síndromes psiquiátricos, transtorno depresivo reactivo y trastornos neurótios.
Al parecer de la Fiscalía de Melilla y de la acusación particular, estos hechos son constitutivos de un delito de lesiones por imprudencia grave, previsto y penado en los apartados segundo y tercero del artículo 152.1 del Código Penal.
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