Tribunales y Justicia

Amenaza a otro con un machete y dice en el juicio que lo tenía para pelar chumbos

Un individuo se enfrenta a una posible condena de un año de prisión como supuesto autor de un delito de amenazas. La Fiscalía lo acusa de utilizar un “machete” para amenazar a otro hombre “con rajarlo”. El enjuiciado desmintió esta versión en el juicio y defendió que él se dedica a vender chumbos en la calle, por lo que emplea el cuchillo para pelar el fruto. Ayer quedaron estos hechos vistos por el juez titular del Juzgado de lo Penal número 1 para dictar una sentencia. Fue la quinta vista que se celebró puesto que el denunciante no compareció en las anteriores.

Estos hechos supuestamente tuvieron lugar el 17 de agosto de 2018, sobre las 19:45 horas, en las inmediaciones de un establecimiento de comida rápida ubicado en la calle Méndez Núñez. “Con ánimo de amedrentar a la víctima, le esgrimió un cuchillo de cocina y le amenazó con rajarlo, sin llegar a consentir su propósito porque el hombre se escondió y llamó a la Policía”, describe el Ministerio Público en su escrito, al que pudo tener acceso El Faro de Melilla.

En la vista de ayer declaró el denunciante, que era el único que quedaba por testificar, siendo su testimonio clave. El hombre explicó que él se encontraba en su puesto de trabajo y que el encausado, que se encontraba bajo la ingesta de bebidas alcohólicas, no dejaba de molestar a los clientes del local.

Por este motivo, señaló en el juicio, le pidió que se marchara del lugar. “Él estaba bebiendo cerveza y me amenazó con un cuchillo grande, diciéndome que me iba a matar y me iba a rajar”, sostuvo. Detalló que el procesado le mostró el machete mientras le amenazaba.

El testigo dijo que conocía al acusado porque solía pasar el rato cerca de su trabaja. Aseguró que esta persona no se dedica a vender chumbos, como el enjuiciado indicó en el juicio y en su declaración en sede judicial. “No vende chumbos, él limpia coches y siempre viene a molestar cuando se pone borracho”, manifestó ante el juez.

El letrado de la defensa preguntó al hombre si el encausado solía ayudar al establecimiento en el que trabaja recogiendo pizzas y llevándolas a casa de los clientes o haciendo pedidos, ya que así lo sostuvo el procesado.

El testigo respondió que eso no era así puesto que en ningún momento estuvo contratado.

El hombre reconoció ante el tribunal que el encausado quiso pedirle perdón por los hechos llevados a juicio, pero él no quiso disculparlo porque temía que volviese a molestar a los clientes en cuanto estuviera de nuevo bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

Tras escuchar la versión del querellante, la fiscal concluyó que el encausado debía ser condenado como autor de un delito de amenazas. Incidió en que había que tener en cuenta la declaración de un agente de la Policía Nacional en una de las sesiones anteriores, ya que aseguró que vio cómo el procesado arrojaba un cuchillo debajo de un vehículo cuando los agentes pretendían interceptarlo.

Así, la mantuvo que no se sostenía la versión del encausado, quien apuntó que tenía el cuchillo para pelar chumbos. Por ello, solicitó que fuese condenado a un año de prisión.

Versión de la defensa

Por otro lado, el letrado de la defensa reclamó la libre absolución de su cliente. Según expuso, al hombre se la acusa de unas amenazas que él negó en todo momento. Además, insistió que, a su parecer, no había quedado probado que hubiese arrojado el cuchillo al suelo de forma intencionada.

“La misma Policía dijo que era un vendedor de chumbos habitual, por lo que, de algún modo, el cuchillo se trataba de su instrumento de trabajo”, indicó. El abogado también señaló que todo apunta a que lo que hubo fue una discusión entre el denunciante y el encausado, sin que este último tuviese la intención de amenazar al otro.

El letrado solicitó que, en el caso de que su cliente fuese condenado, se le aplicase la atenuante porque cuando los hechos supuestamente tuvieron lugar él se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

La fiscal, por su parte, expresó que, de ser el individuo condenado, no se oponía a que se le suspendiese el ingreso en prisión. Esto es posible cuando la pena reclamada es inferior a dos años de prisión y la persona enjuiciada carece de antecedentes penales.

El juez tendrá que decidir si absuelve o condena al procesado.

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