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Agricultura aclara a la Ciudad qué hacer ante un caso de la enfermedad de las ‘vacas locas’

El Ministerio modifica el decreto para prevenir el contagio de encefalopatía espongiforme en cabras. Todas las ovejas y cabras de la ciudad con más de 18 meses deberán someterse a la prueba de la encefalopatía espongiforme o enfermedad de las ‘vacas locas’, si se detectara algún caso en Melilla, tal y como lo han acordado las autoridades del Ministerio de Sanidad y de Agricultura con las comunidades y ciudades autónomas.
Así lo recoge la modificación de del Real Decreto (3454/2000, de 22 de diciembre), por el que se establece y regula el programa de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales en toda España.
Según recogió el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado viernes, en caso de encefalopatía espongiforme transmisible en un animal de las especies ovina y caprina, lo primero sería confirmar  o descartar un caso de encefalopatía espongiforme bovina.
En caso de detectarse un caso de ‘vacas locas’ podrán destinarse a sacrificio para consumo humano el resto de animales no contagiados (de cualquier edad), siempre y cuando se autorice la salida de éstos de la explotación por la autoridad competente y en la guía de traslado de esos animales se indique que proceden de una explotación en la que se ha diagnosticado algún caso de ‘tembladera’ o encefalopatía espongiforme.
Asimismo es obligatorio su sacrificio en un matadero ubicado en el territorio español y el sometimiento a análisis para detectar la presencia de encefalopatía espongiforme transmisible de todos los animales de más de 18 meses de edad o con la dentición de más de dos incisivos definitivos.
Sin perjuicio de lo anterior, los corderos y cabritos podrán enviarse a otra explotación, que sólo contenga ovinos o caprinos que se estén cebando, únicamente para su engorde previo al sacrificio.
El decreto entró en vigor el pasado martes día 10, 24 horas después de su publicación en el BOE.
Hay que recordar que hasta el año 2011, el mal de las ‘vacas locas’ había costado la muerte en Europa a 219 personas que consumieron carne infectada. La mayoría de ellas, en Reino Unido (170) y Francia (25). En España sólo se dieron cinco casos.
Hasta marzo de 2007, en España únicamente se habían tomado medidas para evitar el contagio de la enfermedad de las ‘vacas locas’ en ganado vacuno y para saber qué hacer con animales criados en una granja donde se había detectado algún caso positivo.
A partir de esa fecha la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria adoptó un dictamen relacionado con el riesgo de encefalopatía espongiforme transmisible en ovinos y caprinos.
Así fue como se ha establecido un protocolo que permite destinar a consumo humano las cabras u ovejas de una explotación ganadera en la que se ha detectado algún caso de enfermedad de las ‘vacas locas’, siempre y cuando se identifiquen y se sacrifiquen en territorio español.

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